Hola mi pregunta es sencilla para quienes sepan un poco del tema, ¿el llamado principio de irretroactividad se aplica sólo al Derecho penal o es común a todas las órdenes?. Gracias
El principio de irretroactividad de las disposiciones no favorables o restrictivas de derechos individuales (art.9.3 CE) es común y por lo tanto aplicable a todo el ordenamiento jurídico.
Si pero no siempre se tiene que aplicar porque beneficie al reo o si?, a ver, se me ocurre un caso: "imagínate que a una persona se le ha indemnizado por un accidente con 2 puntos de invalidez por ejemplo, y le han pagado x 2000euros por decir algo, si hay reforma en ese aspecto de indemnizaciones y ahora por dos puntos pagan 4000 deberían de aplicarlo en ese caso y se podrían reclamar dos mil mas?
No, porque ya se ha pagado, conforme al momento en el que se produjo, además, sería beneficioso para el indemnizado pero no para el que indemniza, recuerda que el principio es para todos.