Hola, nunca he reclamado un tema como este y os pido ayuda para cómo proceder.
Se ha ejecutado un bien inmueble y hay un sobrante. No hay nadie personado en el asunto.
Me encargan personarme y solicitar la devolución del sobrante.
Preguntas:
-¿Necesito procurador y el escrito de personación quién lo redacta?
- ¿La devolución del importe se solicita en el mismo escrito de personación o en uno posterior?
- La adjudicación fue en 2013, ¿algo a tener en cuenta por el tiempo transcurrido?
Muchas gracias! Qué difícil poner en práctica lo aprendido en la universidad....