Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Situación irregular

2 Comentarios
 
12/04/2018 10:41
Condedecartagena
Mil gracias por la Información. Actualmente resido en la Comunidad de Cataluña (Barcelona ciudad). Por lo que no sé qué requisitos tiene dicha comunidad. Mi pareja es español que reside también en Barcelona.

Otra consulta en cuanto a los recursos administrativos: ¿Cuánto tiempo suelen durar? por ejemplo en el caso de la reposición ¿Cuánto tiempo demora el proceso y la emisión de la resolución?
12/04/2018 04:34
Rosa121
Hola:

1.- En la misma resolución denegatoria suele venir indicado el plazo para abandonar territorio español, que es de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación. En ese período la persona aún no está en situación irregular, sino en situación de SALIDA OBLIGATORIA.

2.- Son procedentes el recurso potestativo de reposición ante la misma Subdelegación del Gobierno en la provincia o si lo prefiere, directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contensioso-administrativo. Es recomendable primero formular el recurso potestativo de reposición y si es desestimado y tiene interés en hacerlo, el recurso contencioso-administrativo.

3.- Normalmente, cuando se interpone el recurso potestativo de reposición se solicita la suspensión de la ejecución de la resolución denegatoria, concretamente, la concerniente a la obligación de abandonar territorio español. Si se deduce recurso contencioso-administrativo se solicita como medida cautelar que se permita a la persona permanecer en España hasta que se pronuncie sentencia. Hasta tanto, la persona permanece de forma regular en España, pues aún no hay una decisión definitiva sobre su situación.

4.- No indica usted en qué Comunidad Autónoma reside, los requisitos varían. Pero en principio, si en su Comunidad Autónoma no hay exigencia de convivencia previa durante un determinado tiempo, sí es posible formalizar unión de pareja estable e inscribirla en el Registro Público que hubiera establecido para el efecto la Comunidad Autónoma.

Ahora bien: sólo es posible que usted adquiera la calidad de residente legal en España habiendo formalizado unión de pareja estable registrada en el caso de que su pareja sea de nacionalidad española o de cualquiera de los otros Estados parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. Si su pareja fuera nacional de un Estado extracomunitario y sólo fuera residente legal en España en régimen general, no podrá usted adquirir inmediatamente la calidad de residente legal en España.

Un cordial saludo.
Situación irregular
11/04/2018 10:40
El día viernes de la semana pasada me enteré por el portal legal que me denegaron la prórroga para mis estudios. Aun no he recibido la notificación de forma física. Mi pregunta es: ¿Cuánto tiempo tengo a partir de la notificación física, para abandonar España y no caer en situación irregular, si decido no presentar ningún recurso? ¿Qué recursos podría interponer y en qué plazo para poder estar legal en el país? Si presento algún recurso, ¿Estaría legal en España durante la resolución del mismo?

También había pensado en una posible solución. Mi pareja y yo llevamos un año y medio juntos (no vivimos juntos, pero llevamos ese tiempo de relación) ¿Es posible poder constituirme como pareja de hecho? Si me encuentro en esta situación de la denegación de prórroga por estudios, ¿Saldría adelante la tramitación de la pareja de hecho y la solicitud de residencia por esta causa? Gracias de antemano