Exacto, Piki tiene razón, por eso prefiero tirarla, porque no se puede demostrar desde cuándo está hecha pues no consta en escrituras.
Puede que en las fotografías del catastro consten desde que se hizo, en las actuales sí está desde luego, pero vete a saber cómo se puede conseguir una foto del catastro de hace 4 años.
Es facil demostrarlo, hay una empresa que se llama Paisajes españoles, que periodicamente realiza fotografías aéreas, si estas pagando IBI evidentemente consta de que ya existe esa construcción desde hace mas de 4 años. A parte vamos a ver una cosa; sí decidieran instruir un procedimiento sancionador en todo caso, el responsable de la sanción es el promotor de las obras y en el peor de los casos lo máximo que va a poder hacer la administración es lo que tu quieres hacer de manera voluntaria. Es decir por qué no esperas a que la Administración te obligue a hacerlo, y si no te lo pide te quedas con la caseta y en caso contrario haces lo que querías hacer en un principio de manera voluntaria. No se, seré un tipo muy raro pero lo veo tan claro.
Sólamente un inciso NASH, un procedimiento sancionador se inicia contra la construcción y la propietaria ahora es Lucía, cuestión aparte es que ella pudiera exigir responsabilidades a quién corresponda.
Personalmente y con todo el respeto del mundo,no estoy de acuerdo contigo, los responsables son los tecnicos facultativos autores del proyecto y los promotores o constructores de las obras. Al menos en la Ley Suelo de la Comunidad de Madrid, cuando habla de la responsabilidad de los titulares yo interpreto que se refiere a los titulares en el momento de la ejecucion de la obra que han permitido que estas se hayan ejecutado.
Otra cosa, un procedimiento sancionador se dirige contra las personas y no contra las cosas, como es el caso de procedimiento de restablecimiento de la legalidad, a no ser que hayas querido decir que un procedimiento sancionador se inicia por la construcción y no lo que has puesto "un procedimiento sancionador se inicia contra la construcción"
Uy con lo claro que lo tenía yo ya, jeje.
Una cosa: estamos hablando de una caseta de 16 metros en terreno rústico, aquí no ha habido ningún arquitecto ni promotor de obras.
Simplemente el anterior dueño puso ladrillo sobre ladrillo y ya está.
Nash, la empresa esa de Paisajes Españoles, creo que no serviría porque tengo entendido que tienen que ser empresas oficiales para que acepten la foto. Algo parecido le pasó a mi cuñada y le denegaron la foto por no ser de una empresa "oficial".
Jurídicamente se considera promotor al anterior dueño.
Como prueba sirve cualquier médio de prueba aceptado en Derecho, si te la rechazan a nivel administrativo a nivel judicial en caso que fuera al contencioso, estoy seguro de que te la admitirían, ya que en este caso es una empresa de constatada experiencia y credibilidad.
Jurídicamente se considera promotor al anterior dueño.
Como prueba sirve cualquier médio de prueba aceptado en Derecho, si te la rechazan a nivel administrativo a nivel judicial en caso que fuera al contencioso, estoy seguro de que te la admitirían, ya que en este caso es una empresa de constatada experiencia y credibilidad.
Vaya pues no sé porque hace poco consulté algo que tenía una respuesta similar y según me dijeron otros foreros la responsabilidad es mía aunque la haya construido otro.
Bueno da igual, la tiraré de todas formas por si las moscas.
De nada, lo único que si quieres cumplir con la ley te aconsejo que pidas licencia para la demolición ya que como la policia vea un contenedor, seguro que te denuncia. Suerte y ánimo.
Si es que la cosa es que no puedo pedir licencia para demoler algo que ESTÁ ILEGAL, porque entonces me echo la tierra encima yo misma. Si digo "oigan que voy a tirar una casa ilegal" seguro que aprovechan y me dicen "bueno pues ahora, multa que te crió".
No me fío de la justicia ni de las leyes, así que no pediré licencia para demolición. Si me pillan, pues nada, mala suerte, pero es que si pido licencia para demoler estoy metiendo al enemigo en casa...