Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sindicatos

4 Comentarios
 
05/01/2006 12:52
la liberacion es un pacto Sindicato-trabajador-empresa, por tanto, si no hay acuerdo de los TRES no se puede llevar a cabo.
05/01/2006 12:01
Gracias Elcer, Mlee.

Por cierto, quién puede solicitar esa convalidación...¿El Sindicato o el trabajador?. Lo digo porque a un compañero lo han liberado y dice que el que le paga es el Sindicato. Supongo que el Sindicato se habrá interesado en él.

En el supuesto que dices ,Elcer, que pasa con los representantes que ceden sus créditos sindicales. ¿Dejan de ser representantes ó lo siguen siendo pero sin crédito alguno?.

Felices Reyes!!!
05/01/2006 10:03
Un liberado es aquel cuya jornada laboral se convalida con las horas de credito sindical por completo, por tanto, le paga la empresa pero tiene dedicacion a tiempo completo con tareas sindicales.
04/01/2006 23:25
El caso que yo conozco es que varios miembros del Comité de Empresa ceden su crédito horario al delegado que se quiere liberar hasta que alcanza las 1800 horas anuales o las que fije el convenio.
Sindicatos
04/01/2006 16:31
Hola a todos!

Una cosita, podríais explicarme CÓMO se "libera" a un delegado de personal y en qué consiste.

Gracias!