Como se trata de rendimientos íntegros de capital mobiliario sometido a retención, el limite para no declarar es de 1600 euros anuales. Estás, por tanto, obligado a presentar la declaración.
Como no tienes rendimientos que forman parte de la renta general (del trabajo, de actividades económicas, etc) pero si de la renta del ahorro (rendimientos capital mobiliario), el mínimo personal y familiar formará parte de la base liquidable del ahorro y podrás deducirlo.
Si una persona no tiene rendimientos del trabajo, pero gana por ejemplo 5000 euros operando en bolsa; tiene que pagar a hacienda? es decir, el minimo personal se puede compensar con los rendimientos del capital mobiliario, o solo con rendimientos del trabajo?
GRacias