No le veo ningún sentido a llamarles. Uno de nuestros últimos clientes (accidente y 0,68) también nos decía que según la Guardia Civil no le iban a quitar el carnet. Le dijimos que eso era imposible. Le echaron catorce meses y 1200. Voy a decirle más, con accidente de por medio cualquier positivo va "por lo penal" y lleva retirada de carnet.
Gracias... así que igual tendré que estar un tiempo con el agobio, cree que debería tal vez llamar a comisaría d los mossos para saber el que? Se que de ellos no depende pero los agentes que me pararon al yo preguntarles sobre q me pasaría me dijeron q no creían que retirada d carné pero si puntos y multa... no entiendo pq me dijeron eso, ya que en todos sitios q busco no encuentro ningún caso d alguien q tras accidente y dar d 0.60 no le hayan quitado el carné... Gracias
Si no hay accidente el juicio rápido puede ser a los siete días o antes, si lo hubo entre dos y tres meses, pero depende del juzgado. No hay manera de sustituir la retirada por nada.
Tranquilicese que tampoco ha matado a Kennedy. Yo no me ocupo normalmente de esos casos, pero en mi despacho hacemos varios todos los años. En uno que tengo ahora mismo en la mano (y teniendo en cuenta que había chocado con un quitamiedos) se impusieron catorce meses de retirada de carnet y 1200 euros de multa. Sin el accidente son normales nueve meses de retirada y 600-80 euros o incluso menos.
La retirada de carnet no se la quita nadie (me temo), pero no se preocupe en absoluto por el tema de la cárcel.
Gracias por la aclaración, le aseguro que el pensar lo que podría haber sido es la peor condena... pero estar así sin saber el que va a pasar es un tormento... por eso preguntaba si alguien sabe cuanto pueden tardar como máximo en comunicarme...
Una tasa superior a 0,61 es delito. Ahora dependerá del juez si le impone pena de prisión o multa/servicios a la comunidad.
La privación del carnet depende del juez también, puede que se lo retiren o que le quiten 6 puntos pero el mínimo de retirada es de 1 año.
No ha hecho daño a nadie pero podría haberlo hecho. Circular con esa tasa de alcoholemia es una negligencia grave y supone un peligro tanto para usted como para otros.
Entiendo que lo de prisión sería en caso de ser reincidente o casos muy extremos no? Gracias a dios yo no me hice daño a nadie y es la primera vez q me paran por algo asi dudo mucho q sea sentencia inicial d prisión no? Alguien con algo.similar que no le.hayan dado fecha d juicio rápido al momento, cuanto tardó en llegarle citación para juicio? Retirada d carné si o si? No hay manera d pagar mas multa o mas trabajos a la.comunidad o algo q evite la pérdida del carné?
Gracias
La citación a juicio rápido le llegará. Si han levantado acta por delito contra la s.vial por tasa superior a 0.60 además de la pena de prisión de 3 a 6 meses y privación de derecho a conducir entre 1 y 4 años pero para ello tendrían que condenarle en juicio.
La madrugada del sábado tuve un accidente yo sola me di contra un muro, la cosa es que continue conduciendo y algun conductor avisó porque se daría cuenta que no iba bien.. me pararon los mossos opco después porque les habían dado el aviso, di 0.65, es la primera vez que me pasa algo así... la cosa es que me dieron una hoja como d presunto delito, persona investigada no detenida, pero.no me dieron nada de juicio rápido, y hablo con la gente y después de leer este foro también me preocupa porque no me lo dieron.. no se que debo hacer si esperar o llamar para quedarme tranquila.. la cosa es que tengo mucho miedo de que me quiten carné ya que sin el.no tengo forma de llegar al trabajo... tengo alguna posibilidad de que no me lo quiten,? De hecho los mossos cuando me pararon me dijeron que no creian que me lo.quitaran que seguramente serían puntos y multa... gracias.
Sí, el curso de sensibilización es un requisito que si decides conducir sin realizarlo se convierte en una sanción(si te pillan y lo comprueban digamoslo todo), la G. civil o policia está dotada de base de datos donde constan la fechas de inicio y finalización de la condena, el juzgado que la impuso y si se ha realizado el curso o no, con lo cual es una infracción administrativa como la copa de un pino, y por ende, un ilicito administrativo como consecuencia legal de un incumplimiento de una obligación legal, no obstante yo al principio tambien opinaba como algunos en este foro, jopetas si el juez imponte pena X, y no retira puntos una vez cumplida la sanción de retirada temporal que no supera los dos años claro(sino es definitiva) no deberia de hacer falta superación de curso alguno, PERO A DÍA DE HOY Y EN LA PRACTICA, AL MARGEN DE CUALQUIER HERMENEUTICA LO EXIGEN. Realmente te sancionan por un hecho nuevo, no por lo mismo, puesto que tu realizas tantos actos de conduccion como veces conduces.
Hola ! Tuve un juicio rápido xq di 0'60,en alcoholemia,me han retirado el carnet 8,meses y 600€,de multa.La pregunta es ...tb me vendra una carta imponiendome trabajos sociales ? Gracias por la respuesta !
Hola ! Jldc,gracias por la respuesta,pues al abogado me dijo de recurrir,pero no me atrevi por si en el juicio no admitian q 0,6,era algo administrativo,y no se si hice bien.Gracias por las respuestas.Una ultima duda,si no me pusieron trabajos sociales en el juicio rapido,ahora no recibire ninguna carta ,diciendome q los tengo q hacer ? Tampoco me ha llegado ninguna carta de donde puedo pagar la multa,y hoy ya hace un mes del juicio rapido.Gracias,un saludo !
Hola Jldc,gracias por la respuesta,el abogado me dijo de recurrirlo,pero no me atreví,por si luego en el juicio,no querian aceptar q 0'6,es tb via penal,yo creo q hubiera perdido,más tb haciendo caso a tu sabia respuesta,no se si hice bien,pero creo q con estoa temas tengo las de perder.Gracias por las respuestas,me animan mucho.La gente q respondeis,sois entendidos en estos temas ? Un saludo !!!
Como ha dicho sarapiki, el resultado de la prueba de alcoholemia es relevante, pera también es muy relevante el acta de sintomatología que efectua la Policia, e incluso te puede incoar procedimiento penal con tasa por debajo de 0,60.
Si no estabas conforme, tendría que haber ido a Juicio, y alegar que los hechos no eran reprobables penalmente sino administrativamente.
Pero como ya te has conformado y hay sentencia firme, lo único que puede hacer es pagar y hacer el curso para poder conducir en 8 meses.
Ok,me lo temia,pero sigo sin entender porque me derinaron a lo penal,si di 0'6;y empueza lo penal con 0'61.Puedo hacer algo al respecto ? Seria porque me detuvo la policia nacional ? Pero si ellos mismos llámaron a la policia local,fué en el casco urbano y no tuve ningún accidente ni nada.Pq me pondrian en lo penal ? Q puedo hacer ? Gracias !!!
No comprendo qué quieres decir con lo del pronto pago. Imagino que te puedas referir a la posibilidad que da la DGT de pagar con reduccion del 50%. Pero en este caso, imagino que tu habras aceptado los cargos, reconocido los hechos, con lo cual, el juez al imponer la condena ya habra hecho una reduccion de un tercio, por tanto los 600 euros me temo que los tienes que pagar completos, sin mas reducciones
Hola! Muchas gracias por la respuesta,sólo me queda unas dudas,pienso q entre por juicio rápido,xq mi me paro la policia nacional,y al ellos no poder multar,pasaron la multa al juzgado.Es por eso q solo en multa económica sólo me han puesto 600€,cuando sueñen poner mas,aunque insisito solo di 0'6,ahora bien...esta multa por lo penal,me podré beneficiar del pronto pago ? Gracias por la ayuda.Feliz dia !
Veamos, segun lo establecido en el codigo penal, una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 es delito SIEMPRE. No obstante, si la tasa es mas baja, pero los agentes observan sintomas (tipo hablar pastoso, fuerte olor a alcohol, paso vacilante, ojos enrojecidos etc.), tambien podran instruir diligencias. Luego el Juzgado decidira si se considera delito o infraccion administrativa.
El curso de sensibilizacion, te llegue o no la carta de trafico, lo tienes que hacer OBLIGATORIAMENTE, porque asi esta establecido en la Ley. Ese curso no es una condena ni una sancion ni nada de nada, es un requisito administrativo para poder conducir de nuevo tras una condena de privacion del permiso de conducir
Hola a tod@s,yo el mes pasado di justo 0'6, y entrado pir juicio rápido,no es a partir de 0'61 ?? Yo no estaba puesto en el tema y no se si he sido engañado.Mi multa han sido 600€ y 8 meses retirada de carnet,aun no m ha venido la carta de tráfico,tendre tb q hacer el curso de sensibilzación ? Q me tardará la notificación de tráfico ? Y si es a partir de 0'61,no se porque entré por juicio rápido...alguien sabe de esto? Gracias.
Si no haces el curso te expones a que hoy mismo, cuando salgas de nuevo a la calle conduciendo tu coche, te paren y denuncien de nuevo, y mañana, cada día...
Hacer el curso no es una sanción, la sanción es por no haberlo hecho. Olvídate de la constitucionalidad.