Gracias de antemano a todos los que me contestéis.
Mi abuela ha tenido 3 hijas.
2 de esas hijas han fallecido (una mi madre hace 30 años y otra hace 20).
Mi abuela vive en su propia casa durante años con una hija de mi tía fallecida.
Mi abuela fallece hace unos 12 años.
Cuando muere se nos informa por parte de esta prima que la casa se la había dejado a ella y derecho de uso de habitación a su hermano.
Durante este tiempo esta persona se ha hecho cargo de la vivienda alquilando habitaciones y haciéndose cargo de su hermano y de los gastos de la vivienda.
Ahora es la vecina del piso inferior la que se puso en contacto con nosotros para exigirnos el arreglo de la misma pues la estructura está defectuosa con peligro de derrumbe.
Nos damos cuenta que no hay ningún testamento ni voluntad de mi abuela por escrito.
Esta prima nos obliga a firmar ante un abogado (a mi junto con mis hermanos y a mi tía viva) un documento en el que le cedemos nuestra parte de la casa como herederos de madre y esta de mi abuela.
A nosotros nunca nos interesó ni nos interesa esta propiedad pero antes de ir a firmar nos hemos asesorado y unos nos dicen que es una donación la cual debemos declarar/pagar y otros que lo que pretende mi prima (heredera por su madre) es ilegal.
Alguien me puede asesorar?
Es donación o no?
Va a costarme algo?
La vivienda está en una barriada valorada en 20.000€. Nosotros somos 4 hermanos.
La firma ante un "abogado" no existe, o al menos no tiene más valor que firmar ante el jardinero; por lo que no entiendo qué quiere que firméis.
Si la abuela fallecida no hizo testamento, los herederos son por terceras partes, los hijos de tu madre, los hijos de la tía fallecida y la tía viva. Para que esto se haga efectivo es necesario llevar a cabo una "Declaración de Herederos Abintestato" y posteriormente la aceptación de la herencia. Si no os interesa para nada los bienes de la abuela podéis acudir a un Notario y "renunciar a la herencia" (renuncia que conlleva un coste, que puede ser asumido por la prima que se ha visto y se verá favorecida por esa renuncia).
Por último, no es donación porque nadie puede donar lo que todavía no es suyo.
Tripoli os ha contestado claramente.
Por tanto ya sabeis , nada de que os obligue vuestra prima, en derecho eso no existe.
Y de ir vais a un notario, que dara fe de lo que vuestra prima quiere hacer y que no podra, Solo vuestra renuncia a la herencia.