La suspensión de la prestación de desempleo por alta en autónomos puede durar actualmente 24 meses. Superado ese plazo se produce la extinción del derecho.Saludos
Hola Beatriz:
Una vez concedido el derecho a desempleo se puede suspender por la realización de un trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia (autónomo) inferior a 12 meses. Es decir, que durante un año te guardan el derecho que tenías suspendido por si no te va bien el trabajo por cuenta propia puedes reanudar tu derecho por desempleo. También con la nueva normativa sobre desempleo se puede cobrar un tanto por ciento de una vez para invertirlo en el negocio.
Para una mejor información deberías consultar con la oficina del INEM que te corresponda para que tengas un conocimiento completo de las posibilidades que tienes. Saludos.
Ser autonomo y cobrar el paro de cuando trabajé para otra empresa
Mi pregunta consiste en que voy a hacerme autonoma, debido a la situación precaria que me ofrece mi trabajo, pero como estoy a punto de que no me renueven y cobrar el paro, tengo miedo de que por ser autonomo se me niegue este derecho.
¿puedo cobrar mi paro?