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separación pareja de hecho sin hijos

8 Comentarios
 
Separación pareja de hecho sin hijos
04/05/2009 17:32
Buenas tardes,

Me ha llegado este tema y no se ni por donde empezar. Pareja de hecho sin hijos y con vivienda arrendada a nombre de los dos. Ella ha estado hospitalizada un mes y durante ese tiempo, él se ha dado de baja como pareja de hecho y no le deja entrar en casa (ella no tiene las llaves), y le ha sacado dinero de la cuenta común en el banco.
Aparte del tema de la separación que entiendo que es un ordinario por división de cosa común. ¿puedo hacer algo para que le deje entrar en casa? vía penal o algo así?, o lo mejor es que plantee cuanto antes la demanda de ordinario como una reclamación de cantidad simple y el piso por haber habido mala fe?.

Mil gracias por cualquier consejo que me déis.

Margarita.
04/05/2009 20:36
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Si la vivienda está arrendada a nombre de los dos, estimo que tiene derecho a estar en esa vivienda. Ahora bien, el otro no la quiere dejar entrar.

Salvo que sea un chollo la vivienda, y visto lo visto, lo mejor es que no retenda vivir en esa vivienda, aunque, claramente, es injusto.

En cuanto a la disposición de la cuenta común. Puso el dinero con persona que no ha resultado todo lo bien que esperaba. Salvo que sea mucha cantidad, puede que el pleito sea de más importe de lo que puede sacar.

En cuanto a sus posibles efectos personales, pues si el otro no se los da por las buenas, al ser mujer la perjudicada, se le puede amenazar con una denuncia, y el otro lo tendría mal. Sin embargo, esto reflexionarlo si el otro no coopera. ODIO LAS DENUNCIAS, personalmente.

Se equivocó de persona, y ahora debe pagar un precio. Qué elija mejor o tenga más suerte la próxima vez.

Salvo que sea mucho la pérdida, puede ser más el gasto del pleito que las ganancias para ella. Insisto.

Es injusto, pero ¿ qué es lo más práctico para esta mujer............... ?.

Por supuesto, reprobación total a la otra persona, si lo que se cuenta es así.
05/05/2009 10:28
Buenos días,

Gracias por contestar. Este asunto me llega por el turno de oficio de civil (aunque yo lo veo más en el de familia...). Así que el coste del pleito no es el problema. Tampoco el tipo de procedimiento que ya viene indicado como ordinario en reclamación de cantidad. El problema es el fundamento legal de la demanda. NO se si un enriquecimiento injusto, una división de cosa común...etc.

Gracias.

Margarita
06/05/2009 12:47
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Si que convendría informar al arrendador de la vivienda de estas circunstancias, pues si el otro no paga el alquiler, se lo podrían reclamar a ella.
06/05/2009 12:52
Margarita, no me queda claro si la pareja son arrendadores o arrendatarios.
06/05/2009 13:35
Buenos días,

La pareja es arrendataria. Ahora está pagando él (no mi cliente) y seguramente seguirá pagando. Vamos que el problema no creo que sea ese, sino que mi clienta se ha quedado sin lugar donde vivir y vive en casa de unos amigos en precario total, por eso preguntaba sobre una denuncia porque literalmente le ha echado del piso. Y no es que haya cambiado de cerradura es que mi clienta cuando la ingresaron no cogió sus llaves y no tiene ninguna más con las que entrar.
Ayyy que mal está la peña, enfin que creo que voy a pedir unas medidas previas aunque no estén casados y a ver qué pasa. ¿Que os parece?.
Gracias por vuestras respuestas.

Margarita
06/05/2009 14:45
Bueno, a ver... como siempre, la comisión mandando chollitos.
Por partes, Margarita.
Tienes un buen follón. En realidad, ¿la cliente te viene por el tema de la vivienda y luego, te contó lo del dinero, o por ambas cosas? Si lo planteas como división de la cosa común por el tema de la cuenta bancaria, no podrás meter el tema de la vivienda y a la inversa.
Debes tener clara la acción a ejercitar o meterás la pata.
Tienes el problema añadido de que figurando en el contrato tu cliente, si el otro deja de pagar el arrendatario puede dirigirse contra ella.
Así que piensa bien lo que vas a hacer.
Un saludo.
07/05/2009 10:49
Buenos días,

Si efectivamente tengo un buen menu. Después de pensarlo un poco más voy a hacer lo siguiente y en este orden: mandar un burofax al ex compañero de mi clienta comentandole que el piso también es de ella y que si no quiere problemas judiciales hay que llegar a una solución extrajudicial. Luego o mientras trabajar el tema del dinero, a ver como pruebo esto de que ha estado sacando dinero de la cuenta de mi clienta, que no está nada fácil, o trabajar el tema de una reclamación de cantidad porque ella durante los dos años de relación amuebló todo el piso y le dio dinero (pedir una compensación) y cuando vea que va a hacer el ex compi con lo del piso (seguramente nada), valorar una denuncia penal por que no le deja entrar e interponer dos demandas una por división de cosa comun por el piso y otra de raclamación de cantidad. Buffff. Y mi clienta que me pregunta ¿Ud cree que en una semana estará todo arreglado?????.

Gracias por vuestros consejos, me ayudan mucho a pensar.

Marga
07/05/2009 21:37
A lo que me refería, Margarita, es que si te llegó el tema por el turno de oficio de civil, tienes que ver para qué procedimiento pues si no pueden sustanciarse en el mismo (y no parece que sea así), no puedes llevar ambos tú, tienes que derivar al SOJ a tu clienta para que solicite abogado para el otro. De ahi que te indique que si es para el tema del piso debes enfocarlo de una manera, si es del dinero, de otra y si es de ambas, derivar si no puedes plantear el mismo procedimiento.
Un saludo.