No y no. Ni se les "interroga" a puerta cerrada ni puede autorizarlo un notario. Cuando en el divorcio deban adoptarse medidas de menores, está excluida la posibilidad de realizarlo ante notario (Art. 54 Ley del Notariado), por lo que obligatoriamente debe acudirse a los tribunales y, además, el procedimiento contará con la intervención del Ministerio Fiscal.
El procedimiento, cuando es de mutuo acuerdo, si bien tiene que contar con la aprobación del Ministerio Fiscal, no se realizan pruebas periciales a los menores, por lo que no "se les entrevista a puerta cerrada", es un procedimiento bastante sencillo que en la mayoría de los partidos se ventila en menos de dos meses.
Buenas,
En una separación de mutuo acuerdo con hijos menores de edad, tengo entendido que se les interroga a puerta cerrada, aunque no sea contencioso.
No entiendo el motivo...
No se puede hacer la separación y q la ratifique un notario sin tener que ir a un juicio? Gracias