Hasta donde yo sé, si se demuestra que llevan un año o más tiempo separados de hecho, que no residen en el mismo domicilio, cuentas separadas, etc.., se disuelve el régimen de gananciales. El problema es la prueba.
No, la disolución tendrá efectos en la fecha de la firma y, por lo tanto, solamente afectará a las rentas generadas a partir de esa fecha. No obstante, es posible que se pierda la presunción de ganancialidad en el caso que se adquieran bienes o derechos con dinero que podría (o no) ser ganancial.
Sería recomendable que se practicase la disolución y la liquidación en un mismo acto.
Estoy separado de hecho, pero sigo legalmente casado en bienes gananciales.
Mi ex-pareja me pide firmar ante notario separación de bienes con efecto 01 de Septiembre para que yo no participe del patrimonio que pueda generar con un proyecto empresarial que comienza a partir de esa fecha.
¿Afecta el firmar esa separación de bienes a los bienes gananciales acumulados en el matrimonio con anterioridad?