Estoy separado de hecho, pero sigo legalmente casado en bienes gananciales.
Mi ex-pareja me pide firmar ante notario separación de bienes con efecto 01 de Septiembre para que yo no participe del patrimonio que pueda generar con un proyecto empresarial que comienza a partir de esa fecha.
¿Afecta el firmar esa separación de bienes a los bienes gananciales acumulados en el matrimonio con anterioridad?
No, la disolución tendrá efectos en la fecha de la firma y, por lo tanto, solamente afectará a las rentas generadas a partir de esa fecha. No obstante, es posible que se pierda la presunción de ganancialidad en el caso que se adquieran bienes o derechos con dinero que podría (o no) ser ganancial.
Sería recomendable que se practicase la disolución y la liquidación en un mismo acto.
Hasta donde yo sé, si se demuestra que llevan un año o más tiempo separados de hecho, que no residen en el mismo domicilio, cuentas separadas, etc.., se disuelve el régimen de gananciales. El problema es la prueba.