estoy siguiendo todas tus intervenciones en INTERNET.
las palabras que mas tienes en la boca son "QUERELLA" y "CODIGO PENAL"
afortunadamente solo eres el presidente de una asociación minoritaria que no es representativa y a la que no hace caso ni Diós. Y es por ello, precisamente, que necesitas montar mucho teatro y mucho ruido para darte a conocer.
intervienes en todos los foros habidos y por haber. llenas youtube con tus videos. pero a la hora de la verdad, a parte de ti, solo soys "CUATRO GATOS" tocando la pandereta para hacer ruido. No te sigue, apenas nadie (hablando en terminos estadistico/representativos).
montas casos espectaculares para tratar de conseguir salir en televisión y que se te conozca. pero eso no quiere decir que tengas razón. solo que haces mas ruido y esres mas extravagante.
a una persona con una inteligencia media, no le das ni el mas minimo miedo. se nota cuando hablas que no eres una persona ilustrada en leyes asi que deja de llenarte la boca con un "CODIGO PENA" que ni conoces ni comprendes.
decir en la sentencia que cómo yo no había asistido a la vista oral, no se me había podido practicar el interrogatorio de parte. Desacreditando además con ello las declaraciones que los testigos hicieron en mi favor al significar que podrían ser de dudosa credibilidad. Por lo cual dicha apreciación me influyó contraria y determinantemente en el veredicto final.
Lógicamente, yo me derrumbé ante tales hechos. Puede que sólo hubiera sido un error del juez, un mal entendido, una falta de atención o un desliz en la lectura del rollo, no lo se. Pues no querría suponer cualquier otra cosa en un magistrado. Pero incluso aunque no hubiera conocido las razones de mi ausencia, entre ellas el hecho de que la parte contraria no quiso practicarme el interrogatorio de parte, (cosa que sí debería haber conocido el ponente de la Audiencia), lo más grave era el decir en la sentencia que no se me pudo
practicar dicho interrogatorio porque no acudí a la vista oral en el procedimiento de instancia. Cuando en realidad era todo lo contrario, es decir, no
acudí a la vista oral porque entre otras cosas, vengan o no a cuento, no se me iba a practicar este interrogatorio de parte. Y aunque tampoco hubiera podido acudir, de cualquier forma, por las razones de salud que antes mencioné.
Por supuesto que no se cuáles fueron los motivos para que este magistrado se pronunciara de esa manera en la sentencia. Pues si sólo se hubiera preocupado un poco hubiera conocido, al menos, suficientes razones de mi ausencia como para no mencionar nada acerca de ella, o por lo menos callar lo que concretamente dijo. Y si acaso hubiera tenido que objetar algo, independientemente de éstas razones, tendría que haber sido teniendo en cuenta que mi presencia no había sido requerida, e independientemente de las razones que hubiera habido para ello. Sin embargo, las que el juez me atribuyó injustificada y gratuitamente, tenían muy poco que ver con un "pasotismo" por mi parte, como él significó, y más con un presunto
desconocimiento del caso por la suya.
A primera vista, todo ésto podría parecer algo aislado en la sentencia, pero si se tienen en cuenta otros detalles de similar apreciación en el resto de
la misma, se podría notar una presunta predisposición injustificada hacia una parte de los contendientes. Por supuesto que tengo en cuenta mi también presunta subjetividad como encausado, pero aún así e intentando ser lo más objetivo posible, no llego a ver las cosas claras.
Me gustaría mucho que opinárais sobre este tema y sobre lo que podría hacer al respecto.
Estoy siguiendo este apartado del foro y muchos otros, y leyendo con asiduidad todos los mensajes que encuentro de Alegato, Invitado y Zugasti.
No sólo por lo interesantes y útiles que son sino porque vienen de personas que a través de sus intervenciones han despertado en mi una gran
admiración y respeto.
Por supuesto que entiendo las grandes y deseables diferencias entre unos y otros, como las del Sr. Zugasti por ejemplo. Al que, a pesar de que
tanto se le discuta por su coraje o sus formas atrevidas, también lo considero una persona muy sincera y admirable.
Dicho ésto y en vista de la coincidencia de las mencionadas personas en el presente apartado, me gustaría relatar un caso vivido y que
vendría a colación no sólo por su materia sino por la concurrencia de los mencionados foristas.
Resulta que se celebró un juicio de tan poca importancia procesal, aunque sí personal, como pueda ser la división de una cosa común y en el que yo era uno de los encausados, concretamente el demandado.
En dicho procedimiento no se consideró que yo tuviera que asistir a la vista oral debido a mi estado de salud. No fue algo que se mencionara en los autos pues no tenía por qué venir mucho al caso, y además fue un hecho que se produjo durante el transcurso del procedimiento.
De cualquier manera, la parte contraria no había requerido mi presencia en la vista oral para practicarme el interrogatorio de parte,
pues no lo iba a hacer. Bien porque sabía de mi situación, bien porque no le interesara que el juicio se pudiera suspender debido a que yo no pudiera asistir si era requerido, o por cualquier otra razón. De hecho, en los autos sólo se mencionaba que tenían que asitir y declarar la parte demandante, por requerimiento de mi abogado, y los testigos. Para lo cual constaban las oportunas diligencias de
citación entre las que yo, naturalmente, no figuraba.
Por todo lo cual, mi abogado me dijo que no tendría que asistir a la vista oral, aparte de que si hubiera tenido que hacerlo me hubiera
resultado imposible por razones físicas y/o psicológicas, pues ni mi mente ni mi cuerpo estaban para juicios. Precisamente, justo el mismo
día que se celebró la vista previa y un mes antes de la oral, me habían diagnosticado un cáncer de siete centímetros.
Como es lógico, nada de ésto tenía por qué constar ni afectar al desarrollo del procedimiento de instancia necesariamente. El cual se celebró sin mi
presencia y sin que se mencionara para nada mi ausencia ni las razones de la misma. Sobre todo porque la anterior no se había requerido en absoluto.
Sin embargo, un año después en la Audiencia y una vez apelada la sentencia de instancia, al ponente de la Provincial se le ocurrió
No puedo hablar de hechos que no he presenciado, y por lo mismo estoy en mi derecho de poner en cuarentena lo dicho por F.Z., cuya mesura, equilibrio y ponderación son por demás conocidos en el foro de derecho de familia (un poquito más agitado que este)......pero sí le diré que hay medios previstos en las leyes (bien conocidos de los letrados presentes en este foro) para proteger y amparar a un juez o magistrado en el normal desempeño de sus funciones.....que los haya ejercitado o no una "jueza" concreta, puede haber ocurrido...yo sé bien qué habría hecho en esas circunstancias (las que debo suponer en una historia tan escueta como parcial) y a lo mejor el resultado hubiera sido un poquito diferente.....y desde luego habría ejercido las oportunas acciones a título particular.....
Como no sé qué pasó (y a decir verdad no me interesa demasiado) no debo decir más, y espero que la jueza aludida haya tomado las iniciativas correspondientes a esa actitud y esos hechos....ir apabullando, algún día lo podrá apreciar en sus propias carnes, F.Z., no es la mejor manera de ir pisando los juzgados.
Ya lo dice la maldición....pleitos tengas, y los ganes.....
Tengo que irme al cumpleaños de mi sobrino y no tengo tiempo para discusiones bizantinas.
Rosa, haz lo que quieras ya eres mayor de edad. Aunque doy por sentado que ya intentaste ser amable y educada con el vago funcionario de turno.
Invitado, pregunta, por ejemplo, en el juzgado 3 de Collado Villalba a ver que te dicen de "la absoluta falta de rigor técnico-jurídico de lo expuesto por F.Z.". Pregúntale a la jueza titular el porqué ha tenido que identificarse en varias ocasiones en su propio despacho a requerimiento de la Guardia Civil por petición del denunciante F. Z. porque no se le facilitaba ver el expediente y copia del mismo.
"...da (que como dije ella misma causó con su conducta al demostrar poco interés por el resultado de la causa).
Y por lo tanto el fallecido letrado no pudo tener culpa alguna al no informar (que no notificar) a su cliente del resultado material del pleito." Lo que hay que leer (creo que los bancos y otras compañias suministradoreas de servicios no tienen este mismo criterio). Luego se enfadan porque hay tantos chistes sobre abogados y ninguno les deja en buen lugar.
Rosa María, te voy a dar otra opción diferente a la de la queja del CGPJ, tan inutil en la mayoría de los casos como el hecho de que llueva sobre el océano. Hazte la tontita, da la impresión al funcionario de que te está haciendo un favor, trinca la sentencia y pirate.
Existe mucho justiciero por estos nuestros Juzgados de España, mucho salvador de la patria. Y no hay nada más efectivo que hacerle creer a un tonto que es la leche.
Hazme caso y olvidate de las amenazas de quejas, o sugerencias quediría de forma mas fina nuestro admirado invitado.
Y si quieres "amenazar", solicita la copia por escrito. Al fin y al cabo es el camino correcto. Si no te la dan no es necesario que andes con tonterias de decir que vas a hacer..., denuncia directamente. La diferencia está en que tendrás prueba de que lo has solicitado, de la otra forma no.
Creo que debo romper una lanza a favor del amigo alegato....jurista, creo que ha demostrado serlo más de una vez (con aciertos y errores, que el derecho no es una ciencia exacta ni muchísimo menos y todos metemos la pata cuando más seguros creemos estar) y además buen compañero; la pequeña escenificación que nos ha aportado sólo quería poner en evidencia (como si eso fuera necesario) el exceso y la desmesura de la postura de Francisco Zugasti proponiendo la entrada de la Benemérita en la oficina judicial, por no entrar en la absoluta falta de rigor técnico-jurídico de lo expuesto por F.Z.
Iocandi animo, o ridendo dicere verum....perdón, perdón.
Saludos y feliz finde a todos.
Mejor hacemos otra cosa alegato, llamamos a la familia de la chica que se ha suicidado y le preguntamos si ha existido un delito de inducción al suicidio o no. Ya se que si en lugar de alumnos, habláramos de empleados y jefes me dirías que no.
De todas formas acepto de buen grado la broma, aunque, dicho sea de paso, parece más propia del "fiti" que tuya.
A veces pienso que existen personas que no saben del mundo que le rodea o, aún conociédolo, no aciertan a estar dentro del mismo (que es más grave).
Es más, cuando me encuentro con personas de ese talante (-bonita palabra por cierto-) me da la sensación que su entorno vivencial estuviera predispuesto en su contra y que su historia la hubiesen escrito otros. Ya no sé que pensar. Me apuro. Me siento mal, pero al final pienso y razono que todas las personas tenemos fallos, cometemos errores, nos equivocamos e, incluso y lo que es más grave, nos dejamos llevar por otras; pero, en el fondo, fondo, fondo, fondo, "to er mundo e gueno". Ya lo decía Manolo Summers que tenía una visión de la vida muy diferente a la de Zugasti.
Al hilo de lo anterior, digo yo que el vago, negligente, incompetente y maledudaco funcionario público al que se refiere Zugasti no estará separado o divorciado, dado que dichos eventos, realmente trascendentes para la vida de una persona, provocan ansiedad y angustia en grado extremo, y si a los calificafivos utilizados por Zugasti le unes el stress "ante" y "post" crisis de pareja (matrimonial o no) probablemente se morirá el probrecillo. Y ahora, después de todo eso, le echamos encima a la Guardia Civil.
Ya me imagino al pobre funcionario de justicia en esa oficina judicial que sin resistencia alguna le ponen los grilletes la Benemérita. Su Secretario/a no puede hacer nada y, además, el Juez, ocupado en otras funciones, observa desde esa puerta que nunca está bien cerrada como uno de los suyos se lo llevan esposado y a calabozos. El resto de compañeros del funcionario aplauden la loable función de los miembros de la Guardia Civil, al tiempo que con lágrimas en los ojos se abrazan al pobre ciudadano indefenso que únicamente fue capaz de gritar en alto sus derechos.
Y digo yo, eso no es "mobbing laboral", llamemos rápidamente a JMP, y procederemos contra el juez, el secretario judicial y resto de agentes, oficiales y auxiliares por lesiones (art. 147 CP) o por inducción al suicidio (art. 143 CP), así por lo menos el pobre funcionario de justicia, separado para más señas, podrá ver atemperada su precaria situación anímica y psíquica que sucumbió por no querer dar una fotocopia de una resolución judicial a alguien que con el DNI en la mano estaba en su perfecto derecho de actuar como lo hizo. Y además hay que aplaudirlo.
En fin, como comprendereis no se me ha ido la "pelota", ni he bebido en exceso en la semana de Feria que desgraciadamente toca a su fin, simplemente es una broma. Permitidme la licencia y, si ello no es posible, disculpad la misma.
Me quedo con el último consejo de INVITADO que apelando a la sensatez (esa que a muchos nos hace falta) afirma con cierto gracejo que "se cazan más moscas con miel que con hiel."
El amigo Francisco no conoce la doctrina de la "respuesta flexible".....puedo comprender sus razones, expuestas en otro area del foro, pero no las comparto, dicho sea amistosamente.
Saludos.
Estoy de acuerdo con vosotros invitado, pero tambien creo adivinar por la expresión que Zugasti
debe estar muy quemado con la administración de justicia y a veces no es para menos de nuevo os repito a todos que muchas gracias y ya os contaré
Rosa María, por favor, encarecidamente le ruego que no siga el consejo de Francisco Zugasti.....por el momento, somos dos (yo y el amigo alegato) contra uno....va ganando la opción "queja sugerida al cgpj" contra "quietos todo el mundo....se sienten, c**o"......
Por favor, sea sensata, además no le corre tanta prisa...se cazan más moscas con miel que con hiel.
Saludos
Constitución Española, art. 105
Ley Orgánica del Poder Judicial, arts. 234 y 235
Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 140 y 141
Ley de Procedimiento Administrativo (30/92) art. 35
Reglamento Secretarios Judiciales, art. 6
Le dices al vago funcionario de turno que o te deja ver y te da copia de todo el expediente o que llamas a la guardia civil porque está incurriendo en unos cuanto delitos tipificados en el Código Penal y que ahora mismo llamas a la Guardia Civil. Si hace falta lo haces y la Guardia Civil se presenta en el juzgado y levanta un atestado contra el vago funcionario de turno. El juez no tiene nada que ver en este trámite. En este asunto el encargado es el secretario judicial. Pones una denuncia y al vago funcionario de turno se le aplica un correctivo. Asi aprenden a no ser vagos, negligente, incompetentes, maleducados,...
La multa se destina al tesoro público, no es ni para el letrado ni para el denunciante, y no se le podría entregar (otra cosa es el orden de prelación para la aplicación de las "responsabilidades económicas" del pleito).
Saludos.
Gracias alegato invitado y a todos por vuestro
interes si, se le dio el importe que me solicitó. Otra cosa es que no tengo liquidacion definitiva, pero tampoco se si procedia ya que si a la parte contraria le pusieron una multa como el me indicó
tambien es cierto que la cobraria él o su bufete. De todos modos no es lo que me preocupa sino la sentencia en si. Os quedo muy agradecida por vuestro interes y hasta la próxima que os indicaré lo que me han contestado Gracias
Insisto en mi primera respuesta, quitando las alusiones al letrado....si el funcionario sigue reacio pese a probar que es ud. parte del procedimiento, pida hablar con el Secretario que es quien deberá resolver sobre su libramiento y entrega.
No precisa en modo alguno recurrir a otro letrado, y ud tiene perfecto derecho a obtener copia (aunque se le haya notificado anteriormente)...no acepte una negativa, y si insisten en negarsela, sugiera que elevará una queja al cgpj.....no van a meterse en problemas por algo tan sencillo.
Saludos.
De verdad, sinceramente, sin segundas, me agrada enormemente que participes con cierta asiduidad en este foro.
Rosa María, tu pregunta ya la ha contestado Invitado. Simplemente vete al Juzgado en el que se tramitó el procedimiento y con el número de autos pide al funcionario que te facilite una copia de la resolución que puso fin al proceso. Si no te lo facilitan traslada una queja formal. Si todo lo anterior no funciona nombra un Procurador de los Tribunales (lo puedes hacer por comparecencia ante el Secretario Judicial) y que éste pida lo que quieras en tu nombre.
Por cierto, una pregunta ¿Abonaste al abogado fallecido sus emolumentos por su actuación profesional anterior a su óbito?. Perdona mi curiosidad y recuerda que no estás obligada a contestar si no quieres.