Este tema lo he puesto en el foro penal pero no he obtenido respuesta. Agradecería enormemente si algun profesional del foro pudiese darme una contestación pues mis abogados se contradicen entre ellos.
A mí expareja y padre de mi hijo le condenaron en firme por un delito en el ámbito familiar a 16 meses de orden de alejamiento, comunicación y prohibición de portar armas. 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad. 90€ de indemnización y abonar las costas de todo el procedimiento. (En el juicio se declaró culpable).
Le notificaron a su domicilio que debía comparecer para realizar los trabajos comunitarios (no lo localizaron), el notifico al juzgado un nuevo domicilio. Se lo vuelven a notificar a esta nueva dirección (vuelven a no localizarlo). Ahora se que ha vuelto a cambiar de domicilio aunque no lo ha notificado al juzgado. Tampoco ha cumplido con la indemnización. Realizaron un alzamiento de bienes y se lo embargarán de la nómina.
Mi pregunta es que puede pasar sino cumple con los trabajos en beneficio de la comunidad?
Hasta cuándo se está incurso en un delito penal? Hasta que cumpla la sentencia integra o hasta que cancele los antecedentes penales?
Un saludo y gracias por adelantado.