Pues porque para que la Compañía de Seguros de la Comunidad tenga obligación legal de indemnizar, la Comunidad debe ser condenada a reparar y en el caso que usted expone, la Compañía de Seguros es condenada solidariamente junto con la Comunidad a hacerlo. Como consecuencia de la póliza de seguro, será la Compañía de Seguros la que se haga cargo.
La comunidad donde vivo ha sido demandada por daños por filtraciones de agua por el bajo comercial. Nosotros tenemos una póliza suscrita con una aseguradora, Ahora una sentencia dice que el pago de dicha indemnización se debe satisfacer de forma conjunta y solidaria a los afectados. ¿ que significa? y como es posible que se condene a la comunidad de vecinos cuando tiene una póliza suscrita precisamente para hacerse cargo de esos daños?. Gracias