Tengo un hermano separado pero que vive actualmente con otra mujer. éL tiene un seguro de vida de 60.000 euros. Este seguro ¿quién le cobrará, su ex o su actual pareja. Si la ley dice que le corresponde a su ex, él qué tiene que hacer para anular esta posibilidad?
el articulo 834 del codigo vivil determina que el conyuge que al morir su consorte no se hallare separado o lo estuviera por culpa del difunto tendra derecho al usufructo del tercio destinado a mejora, por tanto, en tu caso es del todo imposible que la ex mujer de tu hermano concurra a la herencia, salvo que existiese reconciliacion entre los conyuges.
si tendra derecho a percibir pension compensatoria antendiendo a los años de matrimonio.
un saludo
Si no lo tengo mal entendido los seguros de vida los cobra quien haya designado el titular del seguro de vida en el contrato.-
Por lo menos espero que sea así, yo tengo un seguro de vida y designé como beneficiarias a mis dos hijas, y como administradora de ese seguro, mientras las niñas sean menores de edad, a mi hermana (de todas formas, por la cuenta que me trae, espero que pasen muchos años hasta que el seguro tenga que pagar).- Saludos.-
Tal y como dice padre 1 los seguros de vida los cobra el beneficiario designado en en dicho seguro. Si no existe beneficiario expreso designado, lo cobran los herederos legales del asegurado, que tal y como dice Teresa, al estar tu hermano separado, no lo cobraría tampoco su ex-mujer, sino que lo cobrarían los hijos de tu hermano; si no hay descendientes, los padres de tu hermano, y si no hay tampoco ascendientes, los hermanos de tu hermano, es decir, tu y el resto de hermanos que concurrieran a su herencia. Un saludo