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¿Se pueden partir las nóminas?

3 Comentarios
 
¿se pueden partir las nóminas?
27/05/2015 11:29
Hola buenas.
Haber estoy trabajando en una empresa en Guijuelo Provincia de Salamanca, llevo allí casi 20 años ya metido.
La cosa viene desde el año pasado haciéndolo, mi jefe sin contar con nadie ni con los enlaces sindicales (cosa que no estoy muy contentos con ellos) nos está pagando las nominas partidas, primero nos ingresa el 50% tal que mañana y el otro 50% cuando le venga en gana, la cosa que nos paga cuando le da la gana a mi jefe.
Mi primera pregunta es: ¿Se puede partir las nominas?
Mi segunda pregunta es: ¿Es legal que lo haga?
Otra duda que tengo es que yo trabajo de noche y desde hace dos años hemos estado haciendo una hora de mas, y por la cara, vamos que esa hora que hacemos demás no la cobramos porque según los enlaces sindicales nos dijeron que estábamos obligados.
Mi pregunta es: ¿Es legal que el turno de noche hagamos una hora extra de más?
¿Estamos obligados hacerla?
Si no fuese legal que se tuviera que hacer la hora o cual es el procedimiento a seguir.
27/05/2015 12:41
Estimado consultante,

Las nominas se deben pagar del tirón según se acuerde en el convenio colectivo aunque lo general es que sea del 1 al 5 de cada mes por lo que salvo mejor criterio fundado en derecho esa actuación de su jefe no es admisible y puede dar lugar a una extinción del contrato por retraso injustificado del pago, al igual que cuando no le abonan la nomina durante 3 meses consecutivos.

Respecto a la hora extra que realizan lógicamente debe ser abonada y cotizada ,no entiendo sin ver documentación alguna al respecto que lo justifique (contrato o convenio colectivo) a cuento de que los delegados sindicales dicen que están ustedes obligados a ello.

Habría que ver su contrato y convenio colectivo para que si están obligados o no a hacerla y en el caso de que no sea obligatorio puede negarse a hacerla, lo negativo será las posibles represalias de la empresa al tener un trabajador discolo.

Llamenos sin compromiso ante cualquier duda.

LARIOS ABOGADOS

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www.lariosabogados.es

abogadoslarios@gmail.com
27/05/2015 12:54
Antes nos la pagaba el día 5 entera, luego fue al día 7 también entera, luego al día 11 también entera y ahora desde el año pasado nos la va ingresado como dije partidas cuando quiere y como le da la gana. Ya por de pronto nos debe dos meses ósea que son dos nominas.
Yo por mi situación no puedo estar de esta forma ya que pago por una hipoteca y un pequeño préstamo estoy pagando 70 € de más por demora y eso me causa más gastos.
Si decido denunciarle ¿cual sería el procedimiento a seguir? ¿y que documentación tendría que llevar? si llegara el caso de denunciar a la empresa.

27/05/2015 14:17
A reclamación de cantidad como primer paso,teniendo en cuenta que la "pelota"bancaria ocasionada por el pago irregular o impago de nóminas es perfectamente reclamable.