un vecino de un edificio se encarga de limpiar las escaleras y cobra por ello 300 euros. Al fallecer este señor, su mujer sigue limpiando el edificio y cobrando la misma cantidad, sin embargo la comunidad de propietarios decide despedirla para contratar una empresa. entonces mi pregunta es ¿esta mujer es una trabajadora? , ¿puede considerarse trabajadora aunque haya hecho una sustitución completa del marido que ha fallecido, o se debe entender que es un nuevo contrato de trabajo y no una sustitucion del marido? saben de alguna sentencia que recoja este caso, por favor, necesito urgentemente una respuesta.