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¿Se puede pagar el sueldo mínimo interprofesional a cualquiera?

1 Comentarios
 
¿se puede pagar el sueldo mínimo interprofesional a cualquiera?
12/03/2014 11:40
Actualmente tengo un contrato a tiempo parcial de 20 horas semanales, con el que estoy cobrando un sueldo mensual mayor que el sueldo mínimo interprofesional que es de 645€ mensuales. Yo recibo 12 mensualidades al año, no 14.

Me han comentado que me han hecho ese contrato porque según el convenio del metal por el que se rige la empresa, en las tablas salariales, no hay ninguno que cobre menos que X euros al mes, que es mayor que el sueldo mínimo interprofesional y por tanto no se me puede pagar menos.

Yo estoy interesado en un contrato a tiempo completo, y como me pagan más que el sueldo mínimo interprofesional, no entiendo por qué no se me puede hacer un contrato a tiempo completo.

Yo entiendo que el contrato a tiempo parcial es porque la empresa no puede pagar el SMI y como no se puede pagar menos por ley, tiene que contratar menos horas, pero en mi caso, que gano más, es verdad que no se me puede pagar menos que lo que indica el convenio aunque tanto la empresa como yo estemos de acuerdo?

Mi idea es cobrar lo mismo, que supongo que para la empresa el coste es el mismo, pero teniendo un cotrato a tiempo completo.

En resumen, ¿si el convenio dice que el sueldo mínimo para un empleado es mayor que el SMI, no se puede cobrar el SMI si tanto empresa como empleado están dea acuerdo?



Muchas gracias.

12/03/2014 17:22
Mire no lo entiendo o se trata de un empresario camuflado o de un Troll de esos que de vez en cuando se cuelan por este foro o me parece poco mas que insultante su pregunta.
Si usted quiere cobrar sólo el SMI y le pagan mas no llegue a un acuerdo con el empresario tome el sobrante de su sueldo, quédese con el SMI y done el resto a una ONG o a alguna anciana que tenga una pensión de viudedaz o a quien quiera pero no pregunte tonterías.
El SMI se establece como salario por el cual por debajo de esta cantidad un trabajador no puede percibir menos por su trabajo porque es un salario de subsistencia y por ej si su jornada es inferior al 100 % usted cobrará la parte proporcional correspondiente a su trabajo, un ej su convenio dice que para su categoría y jornada su Salario son 900 €/mes y usted tiene un cto parcial del 50 % de la jornada cobrará usted 450 €/mes y con esto no quiere decir que no puede cobrar menos del SMI, con ese salario estaría usted cobrando por encima del SMI ya que el SMI para el 50 % de la jornada serían 322,5 €/mes.