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¿Se puede negar a pagar en acto de conciliación?

4 Comentarios
 
¿se puede negar a pagar en acto de conciliación?
22/09/2009 14:33
Buenas tardes:
El caso es el siguiente.
Llevo trabajando en una empresa, como empleado de la misma (pues antes estuve como autonomo en exclusiva) desde principios de 2006.
En la actualidad se me adeudan los salarios de junio, julio y agosto, así como la extra diciembre. Además preveo que el salario de este mes quedará también pendiente.
Qué pasos debería seguir. No me importaría incluso rescindir mi contrato, siempre que cobre lo atrasado al menos.
Si la empresa está en mala situación económica ¿Se puede negar a pagar en acto de conciliación?¿Tiene alguna escapatoria? Se puede reclamar también por haber prorrateado, de forma unilateral las extras del presente año?
22/09/2009 14:47
pasos a seguir.

1. Asesorarte con un abogado.

2. Plantear demanda en reclamación de cantidad y de extinción del contrato.

a partir de aquí ...

-¿Se puede negar a pagar en acto de conciliación? Sí

- ¿Tiene alguna escapatoria? eso dependerá de su solvencia.

Se puede reclamar también por haber prorrateado, de forma unilateral las extras del presente año? No, a no ser que el convenio colectivo prohiba su prorrateo y establezca medidas al respecto, como suelen darse en los convenios de la construcción.

saludo

22/09/2009 18:29
Tengo entendido que primero hay que "reclamar" el pago en el SMAC. ¿Correcto?
Una vez realizado el acto de conciliación, y suponiendo no paguen (o no se presente..o...), lo siguiente sería presentar la demanda en el juzgado de lo social ¿Correcto?
¿En qué momento es en el que se solicita la extinción del contrato por impagos reiterados, en el SMAC o en la demanda?
En cuanto a la solvencia de la empresa... ¿Quién tendría preferencia de cobros, proveedores, empleados...? Y para usar esa escapatoria ¿Tendrían que hacer susppensión de pagos o pueden simplemente negarse, no presentarse, etc...?
si se reclama la extinción del contrato por esas causas, en teoría, corresponderían 45 días/año como indemnización y se mantiene el derecho de prestación por desempleo ¿Correcto?
Durante este proceso... ¿Hay que seguir yendo al lugar de trabajo?¿Cuando realmente se extingue el contrato y ya no se es empleado de la empresa?
Gracias anticipadas por las respuestas.
22/09/2009 19:02
Perdona Xavier:
Lo primero, agradecerte tu respuesta anterior.
En segundo lugar decirte que tengo cita con abogado para la semana que viene, pero es que en la empresa se están acelerando los acontecimientos, me explico:
Me estoy enterando, poco a poco, que hay deudas con proveedores y, supongo, con otros empleados (no he querido preguntar por.."miedo" a ser el único, que entonces ardería Roma). La situación empieza a ser insostenible pues, yo "reclamo" a diario los atrasos por escrito (email) a mi jefe, sin recibir respuesta alguna, salvo que tiene que mirar, que la situación es mala, etc...
Ahora que me pongo, voy a reclamar hasta por respirar, ya que me ha llevado a una situación personal nada agradable. ENtonces, por ejemplo, este año, de forma unilateral decidió prorratear las pagas extras cuando el convenio dice que se pagarán una en la última quincena del primer semestre y la otra en la última quincena del segundo semestre, sin que indique que pueden ser prorrateadas. En su día, a principio de año varió mis condiciones económicas, unilateralmente y sin aviso, a lo que no he dicho nada, salvo algún comentario, por "ayudar" a la empresa en horas bajas... y así...unos cuantos temas...
Si realmente se puede pedir los salarios, máss la indemnización y (por pedir) los otros temas...se pedirán. Ahora bien, con la situación de la empresa... no se... ¿Y si tengo sentencia favorable pero la empresa dice que no puede pagar?
22/09/2009 19:06
Una vez metido en "berenjenal"... Se reclama todo lo posible, a ver si por lo menos me puedo resarcir de los malos momentos que me han hecho pasar...
Otra consulta, es reclamable gastos, intereses si se ha pedido créditos, etc... EN general todo gasto que venga dado por el impago de las nóminas (devolución de recibos, etc...)
Perdonar que "bombardee" de esta forma, pero tengo muchas dudas y, me da la impresión, que poco tiempo...

Gracias.