Si por el motivo que sea necesitáis acreditar la custodia del padre, o queréis prevenir problemas si no os fiáis entre vosotros, sí, puedes presentar la modificación de medidas de mutuo acuerdo en el juzgado, donde se especifique el carácter temporal, que deberá valorar el juez si es un acuerdo justo. Si no queréis y lo tenéis todo claro, sobre la pensión que deberás pagar tú durante ese año, y lo demás, pues un documento privado y os apañáis entre vosotros. Por el tema de la pensión (que afecta a IRPF y demás) creo que conviene presentarlo (en teoría él debería pagarte a ti y se lo puede desgravar, aunque durante ese año si le pagas tú no podrías desgravarte), pero vaya, como queráis. Mi consejo es que presentéis el nuevo convenio de mutuo acuerdo.
A pesar de que la Administración de Justicia lleve más tiempo del que uno quiere, por la tranquilidad de todas las partes y sobre todo del menor, los acuerdos han de ser presentados ante el Juzgado.
Presenten el convenio de mutuo acuerdo y será mucho más rápido que en versión normal.
Buenas, el menor quiere vivir un año escolar con el progenitor no custodio. Es decir, de septiembre a junio mientras estudia y al acabar el año, regresaría con su madre, progenitora custodia.
¿Qué medidas hay que tomar en este caso cuando las 3 partes (menor, madre y padre) están de acuerdo? Lo que no se quiere es empezar un cambio de medidas que dure meses, para que al salir la resolución, tengan que volver a empezar otro cambio de medidas ya que el menor regresaría con su madre al acabar el año escolar.