Jose406: al referirme a un administrador (o presidente) irresponsable no me refería a un profesional sino a quien sea copropietario, por eso decía que en todas las comunidades hay algún copropietario irresponsable y por tanto, es cuestión de tiempo que ese dinero caiga en sus manos.
Para las comunidades en que el administrador sea un profesional, si es bueno en principio no habría problema, salvo los que pueda crear un presidente irresponsable, por lo que volvemos al párrafo anterior.
Que conste, que cuando he visto la expresión "fondo de maniobra" no lo interpreté como "fondo de reserva". No se porque cambian lo que dice la ley.
Lo que manifestaba el 03/01/2014, no me refería al fondo de reserva, sino que por diversas circunstancias un propietario puede tener un saldo a favor en las cuotas ingresadas, lo cual se refleja en su hoja del libro mayor.
Por consiguiente son saldo a favor del propietario, que no tiene por que dejarlo a favor de la Comunidad a la hora de vender.
Acriton: En el libro mayor sólo puede aparecer un saldo a favor de un propietario en el caso de que haya pagado alguna cuota por duplicado o en exceso.
El fondo de la comunidad, sea cual sea el nombre que se dé a su procedencia, solamente pertenece a la comunidad. Y si alguien lo recoge en el mayor de cada propietario es porque simplemente no tiene ni idea de contabilidad.
No sabia que la comunidad tenía que llevar la contabilidad como si fuese una empresa.
Se puede tener acceso al libro mayo y menor de la comunidad?
Uno cree que si hay una cantidad recogida en cada acta como fondo de maniobra individual podría tener derecho a que el comprador lo repusiese y punto, que es lo mismo que dárselo a al vendedor. Pero si no existe costumbre en las compra/ventas, pues no pasa nada, tampoco es tan importante con respecto a toda la problemática difícil de abordar de las comunidades. Por ejemplo, que se que alteren los contenidos del acta, si que es grave y supongo que será nulo de pleno derecho.
He leído que "establece la Ley que si el error detectado afecta a un elemento fundamental, deberá convocarse una nueva junta para proceder a su subsanación, considerándose que el acuerdo no existía hasta el acuerdo favorable de la segunda reunión". Lo que no tengo muy claro es si el acuerdo no existía hasta que se consigne el acuerdo correcto o por lo contrario, existía lo que se debatió y votó de verdad en junta. Porque es que nos enfrentamos a que si el acuerdo viciado y alterado no existe, tampoco podría ser impugnado....
Pues no, las comunidades no tienen que llevar la contabilidad como una empresa. Normalmente la contabilidad de una comunidad es una simple contabilidad de ingresos y gastos (más bien cobros y pagos). Aunque es recomendable llevar algo parecido a un mayor de cada copropietario para controlar la morosidad exclusivamente, en realidad mejor que un mayor debería ser un registro de "cargo y data".
"Uno cree que si hay una cantidad recogida en cada acta como fondo de maniobra individual podría tener derecho a que el comprador lo repusiese y punto, que es lo mismo que dárselo a al vendedor. Pero si no existe costumbre en las compra/ventas, pues no pasa nada, tampoco es tan importante"
Por si no le ha quedado claro le repito:
No es una cuestion de COSTUMBRE en la compra-venta sino de DERECHO, dado que el dinero ES DE LA COMUNIDAD.
Lacomunidad no tiene obligacion de andar con TRAPICHEOS de devolver a vendedor y reclamar a comprador ya que de hacerlo seria manifiestamente ilegal por las distintas razones que ya se le han dado.
La compraventa es un asunto PRIVADO, AJENO A LA COMUNIDAD, es usted libre de negociar la compraventa como quiera y por supuesto pedirle al comprador, no a la comunidad, el dinero aportado por usted.
Si le entiendo pero no veo a que insistir tanto.
Marear la perdiz nada mas!!!
Ya se lo paga el comprador en el precio que acuerden o le va usted a pedir que ademas del precio le pague tambien el certificado de eficiencia ennergetica y el impuesto de plusvalia
Que no insisto, es mas, ya le he dicho que tale minucias me dan un poco igual...
Igual se se desglosa en la compra venta si el ibi en curso se paga o no por el vendedor, pues podía ser costumbre recoger si el fondo de maniobra de la comunidad se va a reponer o no por el comprador, pero si no es costumbre no es costumbre, que mania tienen algunos de sacar las cosas de contexto y de poner puntos sobre las ies en miniedades.
Que solo queria saber si la comunidad tiene obligación de desglosar el fondo de maniobra individual de cada comunero, y si no la tiene pues no la tiene, y punto, que el tema es una miniedad....
Aunque pensándolo bien, y ahora discúlpeme que sí que insisto, debería de poderse obligar en comunidades donde se va alterando el reparto de gastos todos los años. Supongo que la ley no contempla dicha posibilidad, porque oficialmente no se puede variar el reparto de gastos todos los años en las comunidades, pero la realidad en muchas comunidades es tal chapuza que sí hay comunidades que varían el reparto de gastos todos los años. Aunque en ese caso la comunidad tiene un problema , como dije, bastante mas importante, que la miniedad de si se detalla o no el fondo de reserva individual de los propietarios, y a ese problema lo llamo yo reparto arbitrario de gastos.
Lo que sí contempla la ley es que el reparto de gastos no se puede modificar de manera caprichosa y menos todos los años.
Cualquier modificación de dicho reparto debe acordarse por unanimidad e inscribirse en el Registro para que tenga efectos ante ulteriores propietarios.
Pretender solventar esto mediante el detalle individual del fondo de reserva es como querer curar una pulmonía mediante veneno.
Totalmente de acuerdo con Usted Sr Juan.
Pero una de las consecuencias de esa alteración permanente, en la práctica, de las cuotas de participación se traduce en el que el fondo de maniobra, o excedente en el pago respecto a los gastos reales, acaba por no saberse bien de quien es. Es de la comunidad, pero si cada año se varía realmente las cuotas de participación, acaba por no saberse qué porcentaje de ese fondo de maniobra tiene cada miembro. Por eso preguntaba si hay alguna forma de obligarles a ir computando ese excedente de forma individual, por ver si tenía alguna forma de hacerles ver la incoherencia de su planteamiento de ir variando permanentemente el reparto de gastos.
En ningun caso aspiraba a que, en caso de poder obligarles a desglosar un computo de maniobra individual, pudiera ser la solución al reparto de gastos arbitrario y variable en el tiempo.