Ante dos embargos por impago de alimentos de dos procedimientos distintos,uno penal y otro civil...cual se atiende primero?...o se podria descontar los dos de una misma nomina?
Lo siento pero no lo entiendo bien. Supongo que no sera por el mismo periodo de impago... me refiero, no tiene sentido que haya una denuncia penal y una demanda civil por el mismo periodo de impago, porque, de acuerdo con el principio non bis in idem, no se puede juzgar dos veces por lo mismo. Por tanto, la jurisdiccion civil deberia abstenerse hasta que haya pronunciamiento penal, y en caso de sobreseerse la causa penal, seguir por la via civil...
A ver si te sirve de ayuda.
Mi hermana tiene dos juicios pendientes con su ex. Va a celebrarse primero uno de ejecución de sentencia, en la que mi cuñado se opone a la ejecución, si no le embargan en este caso, pasará al penal que tb se está llevando a cabo. Es decir, se pueden perfectamente llevar a cabo los dos procedimientos siempre que no coincidan fechas. No soy letrado, no se si me he explicado bien.
Si por una vía no se soluciona, siempre puedes pedir que se ejecute la otra vía, en el caso de mi hermana, primero tiene el juicio que se opone en el embargo y depende de lo que pase de este juicio, luego sigue con el penal o no... Y es más, puedes tb embargar le en un futuro derechos hereditarios, para que le embarguen por ahí y les pague a tus hijos
Gracias Jorge787 por sus respuestas pero no me sirve.Yo tengo una sentencia firme civil del año 2016 ,y otra sentencia penal tambien firme del año 2018.Y las dos estan en ejecucion.Mi pregunta es ,si se podria hacer dos embargos a la vez en la misma nomina al ser diferentes juzgados.