Un familiar estaba siendo sometido a muchos abusos en su trabajo y como el resto de compañer@s no se prestaban a ser testigos del acoso por temor a ser despedidos, él tuvo que estar 50 dias de baja médica por depresión y, al final, pidió la baja voluntaria en la empresa para no ir a peor. Le pagaron la liquidación mínima correspondiente por el banco, pero se da la circunstancia que esta empresa hace unos años tuvo a todo el personal cotizando a media jornada durante 6 meses, pero trabajando a jornada completa. ¿Se puede denunciar esa infracotización y cuánto tiempo para atrás? También ocurre que el matrimonio titular de la empresa, quizás temiendo que algun trabajador/a pueda denunciarla en el futuro, ha traspasado o cedido la empresa a nombre de su hija y yerno. En definitiva:
¿Qué plazo legal hay para denunciar la infracotización: 4 ó 5 años?
¿Podrá surtir efecto la denuncia al haber cambiado los titulares de la empresa?
Gracias a quien pueda ayudar con la mejor orientación.
Entiendo que la denuncia, como trabajador, sólo podría retrotraerse un año, si no estaría prescrita (a efecto de salarios y demás)
Ahora bien, a efectos de responsabilidad con la admón. son 4 años, pero ahí mejor que esa situación se denunciara ante la Inspección de Trabajo, y que fuera esta, recopilando la documentación pertinente, quien les reclamara esa infracotización.
Respecto al cambio de titularidad depende de cómo se hubiera hecho, si por subrogación o como nueva empresa.
Infracotizaciones 4 años, ahora bien, como va a demostrar que cotiza por media jornada y trabaja a t/c si esta fuera de la empresa, si como le dice Eumeo presenta denuncia ante inspección de trabajo edta podrá pillar infraganti a otro de sus compañeros trabajando a jornada completa y cotizando por media jornada, esto supondrá un beneficio para du compañero y una sancion para la empresa pero a usted el único beneficio será la satisdación personal de que les multen pero nada mad
Gracias a los dos, pero puntualizo lo siguiente: Como pidió la baja y le pagaron al parecer la liquidación legal de salario, en eso no tiene motivo para reclamar. Lo que sí pretende es que, por lo menos, los seis meses que hace tres o cuatro años estuvo cotizando por media jornada y trabajando a jornada completa (al igual que toda la plantilla), esos seis meses por lo menos se los regularizaran para que le conste y le cuente a su favor por los años infracotizados. Creo que es difícil, pero es lo único en lo que él pretende ser resarcido.
Con respecto al cambio de la titularidad, él lo que le ha oído decir a los compañeros que siguen en la empresa, es que ésta ha hecho ese cambio para evitar posibles reclamaciones y para que los empleados pierdan la antigüedad a la hora de futuros finiquitos en caso de despido.
Aclaro que los 6 meses infracotizados fue hace unos años y a petición de la empresa, que últimamente ya volvió a cotizar correctamente a jornada completa, antes del traspaso el cual ha sido realizado en febrero de este año en curso.
Gracias de verdad por si podeis echar un cable legal.
La única forma de probar esto seria que testificasen los compañeros, cosa que el que siga en la empresa no va a hacer por miedo y luego el juez, si es que se atreviese algún compañero, puede pensar que ese testigo lo hace por un interés personal asi que seria la palabra de unos contra otros, lo veo muy complicado por no decir imposible.
Creo, jamgpreve, lo mismo. Los excompañeros, a pesar de haber sufrido ellos también la infracotización, no se prestarían a ser testigos por miedo a ser despedidos. Así están las cosas en España por causa de la reforma y la crisis, no hay quien se atreva a reivindicar ni una sola cosa por muy justa que sea. Gracias de verdad.
Yo pienso que, en todo caso, mejor acudir con este tema a la inspección de trabajo, para que actúe.
Ellos pueden recabar información a la empresa y a los trabajadores (dependiendo de cuán diligente sea esa inspección), y de ahí, si saca conclusiones puede obligar a la empresa a que efectue las cotizaciones dejadas de realizar hace varios años.
De esa forma, y si la inspección logra probar lo ocurrido (quizá a través del importe de las liquidaciones) su familiar puede conseguir lo que pretende, que es que su base de aquellas fechas se ajuste a la realidad.
De todos modos, complicado lo veo, aunque más factible que a través de una denuncia laboral.
El importe de las ¿liquidaciones? Se refiere a las cotizaciones normale o las infracotizaciones? Porque muy al principio cotizaban a jornada completa (aunque trabajaban 44 semanales); posteriormente, mediada la crisis, cotizaban a media jornada y trabajaban 40 horas semanales (esto fue durante los 6 meses esos de hace 3 años); y en la actualidad estaban cotizando bien.
¿Y con qué fin la empresa ha cambiado de titular? ¿Es para eludir posibles reclamaciones?
Gracias
Acudir a la Inspección denuciando lo que ha comentado aquí: que cotizaban por 4 horas trabajando 8. El problema es que la empresa, según comenta, ya no existe, y entonces habría que ver si la nueva es subrogación o nueva creación, y por lo que comentó en un apartado anterior (que lo hicieron para perder antigüedades) es de imaginar que es nueva empresa. Por tanto no serviría de nada.
El cambio de titular de la empresa puede deberse a muchas razones: jubilación del primer titular, reclamaciones pendientes (no tanto de trabajadores como de acreedores), posibilidad de pedir nuevas subvenciones...o de todo un poco.
Gracias, Eumeo. Sé que sería muy difícil pero estoy explorando qué medidas serían posibles para que se decida o no a dar el paso. Lo mosqueante es que ha sido AHORA, recientemente, cuando han hecho el cambio de titular de empresa que antes eran una pareja (hombre-mujer) con nombre comercial del varón aunque figurando la mujer como titular de la empresa. Ahora se la han pasado o traspasado a la hija de ella y al yerno, o sea, más jóvenes, pero de la misma familia y nadie se ha jubilado, las dos parejas siguen en activo. En lo de los acreedores no había pensado yo, pero pudiera ser también intención escapatoria.
Gracias