Lo de la lactancia pensaba no en comunicarlo con un día de antelación, sino con 0 días. Mañana según se incorpore.
Respecto a impedimentos de la empresa, está el jefe solo en el establecimiento desde hace tiempo.
Hombre, es un derecho del trabajador, pero comunicarlo con un día de antelación o de manera taxativa, es otra cosa...
Hay que comunicar la intención, y la empresa aunque no puede impedirlo, si tiene cosas que decir al respecto (imagina que la reducción la quiere para trabajar de mañanas y ya hay otros compañeros que disfrutan del mismo derecho..., y la empresa tiene servicio mañana y tarde).
Lo de comunicarlas o solicitarlo me refería a que comunicar sería decir que se va a hacer y punto, y solicitar sería pedir permiso... Pero que me queda claro que es comunicar.
Gracias Shughart por tu respuesta. No, lo del plazo me refería a si hay que comunicarlo con algún día de antelación.
Otra cosa: ¿el horario en que se acoge a la lactancia es independiente de lo que a la empresa le interese, verdad?
Son dos derechos independientes y compatibles entre sí.
La empresa por ciencia infusa no va a conocer lo que desea la trabajadora, así que, hay que comunicarlo a la misma.
La lactancia es hasta que el menor tenga 9 meses, y la reducción por guarda legal hasta que el menor tenga 8 años... ¿qué plazo crees?
¿se puede coger la hora de lactancia si se acoge a reducción de jornada de 4 horas?
¿Tiene una trabajadora derecho a acogerse a la hora de lactancia si ha solicitado tambien reducción de jornad al 50%?. ¿Ambas cosas hay que comunicarlas o solicitarlas? ¿Con algún plazo?