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se puede ahora intentar acumular?

1 Comentarios
 
perfil Jan
15/05/2009 12:26
Hola virgoniana. Écha le un vistazo al artículo Artículo 412.1 de la L.E.C:” Establecido lo que sea objeto del proceso en la demanda, en la contestación y, en su caso, en la reconvención, las partes no podrán alterarlo posteriormente.” y sobre todo a la abundantísima jurisprudencia del Supremo sobre el mismo.

Además te aconsejo que revises la acumulación objetiva de acciones y, por si acaso, la acumulación de procesos.

Un saludo.
Se puede ahora intentar acumular?
13/05/2009 21:02
mi pregunta versa sobre lo siguiente.

DEMANDA DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE LAS RENTAS, se reclaman varios meses, mi cliente paga y cconsigna judicialmente las cantidades el dia antes de la vista, esta se suspende porque la actora no se aclara sobre las cantidades.

Durante estos meses ha presentadoe scrito tratando ahora de reclamar otras cantidades q dice estar pendientes desde antes y ademas pretende resolver el contrato pq expiro el plazo señalado (5 ños es un local) cuando en realidad habian legado a un acuerdo verbal de renovarlo por otros 5 años mas)

PREGUNTA: Se puede admitir esto? es decir, tratar de cambiar las cantidades q reclamaba en un principio y tratar de colar lo de la expiracion del plazo?

agradecere sus respuestas