Que yo sepa esto no ha variado, pero vamos con proceder al despido el trabajador impugnará el mismo y así en el Juzgado le dirán si tiene que acudir con abogado o no.
Tanto el trabajador como la empresa pueden acudir al Juzgado de lo Social sin abogado, no obstante no lo apoyo, tanto los trabajadores como los empresarios, porque simplemente no es su cometido y seguro que si lo intenta sin abogado seguramente pierda usted el juicio.
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No es cierto que exista dicha ley. Lo que es cierto es que un abogado o graduado sabrá redactarla, lo cual es de vital importancia, ya que un error en la carta de despido puede conllevar la improcedencia o en menor medida la nulidad. Aunque cualquier empresario digno como tal debería tener conocimiento de como se redacta una carta de despido. Si es autónomo, lo mas probable es que tenga un gestor o asesor contratado externo, los cuales también saben redactarla.
El hecho de despedir a un trabajador sólo conlleva la redacción de una carta de despido, previo estudio del mismo, y la confección de la correspondiente liquidación y/o indemnización. Evidentemente, lo más sensato es que todos estos trámites sean llevados a cabo por un experto laboralista.
Si posteriormente el trabajador demandase ante el Juzgado de lo Social tampoco se le obliga al empresario a que vaya al juicio con abogado pero, insisto, lo más coherente es que vaya asistido de un letrado laboralista.