Estoy preparando un recurso contencioso-administrativo frente a una sanción de tráfico por exceso de velocidad...
La duda que me surge es la siguiente: dispongo en el expediente de la fotografía captada por el cinemómetro, en la cual se manifiesta que la limitación máxima de velocidad de ese tramo era de 80 km/h (carretera convencional)....
Analizando las velocidades máximas establecidas en el Reglamente General de Circulación -en cuanto a carreteras convencionales- ¿es posible solicitar que se certifique de algún modo que la carretera X, en el km. Y, tiene una señal que limite la velocidad a 80 km/h... además, si la carretara convencional dispone de un arcén asfaltado superiro o inferior a 1,5 m.... ??