Lo tiene muy mal, puesto que usted tenía suministro, no pagaba las facturas y había una manipulación. No puede alegar desconocimiento.
Pague la multa y dé gracias si no le imputan un delito del:
Artículo 255. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
Será castigado con la pena de multa de tres a 12 meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros, utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:
1.
Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
2.
Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.
3.
Hola, llevo viviendo como inquilino en el mismo piso desde febrero de 2006. Hace poco me llego una carta de la empresa suministradora de agua diciendo que mi piso no tiene hecha la derivacion de contadores, o sea, que estaba surtiendome de un contador general. La verdad es que por despiste, creo que se me paso hacer el contrato de agua, pero no me di cuenta porque siempre tuve suministro, por lo que, siguiendo las indicaciones de la empresa suministradora, hice el contrato de alta. Pues bien, ayer me llego una carta indicando que en la inspeccion que hicieron el dia que vinieron a poner mi contador particular, han encontrado que el contador esta manipulado para tener suministro, por lo que me pretenden sancionar por ello, como titular del contrato. Por supuesto, yo ni manipule el contador ni se quien lo hizo.
Mi pregunta es: ¿pueden acusarme de hacer tal cosa por el simple hecho de que el suministro este ahora a mi nombre, sin tener pruebas de ello? ¿Que puedo alegar para que no me pongan la sancion? ¿Tiene el dueño del piso alguna responsabilidad?
Muchas gracias por anticipado.