Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sanción por declaración complementaria

3 Comentarios
 
Sanción por declaración complementaria
01/12/2010 10:52
Estimados compañeros, estimados compañeros presentes un declaración completaria del IRPF del 2008 por unos atrasos pagados en el 2009, la presente el 30 de junio de 2010 (junto con la del 2009), cuando recibí e certificado de reteciones del 2009 donde figuraban estos atrasos. Hacienda me reclama ahora un sanción e intereses de demora. ¿procede dicha sancón y los intereses? Gracias de antemano.
01/12/2010 12:02
Depende de que la fecha de cobro de los atrasos fuese antes o después del 30-6-2009.
01/12/2010 19:06
No me consta la fecha de recepción, pero indepedientemente según veo en el artículo 14.2 de la Ley del IRPF,no procedería sancón ni intereses
03/12/2010 13:42
siempre y cuando, como bien dice el art q comentas, la autoliquidación se presentara en el plazo que media entre la fecha en que se perciban y el final del inmediato siguiente plazo de declaraciones por el impuesto, yo también creo q no deberían llevar sanción ni intereses.

No te da hacienda una o alguna otra razón por la q debas pagar esa sanción ??