María, la palabra del agente da fe salvo prueba en contrario. Eso dice la normativa actual, y en mi opinión así debe de ser. No me puedo imaginar a un agente circulando en motocicleta, y teniendo que hacer al mismo tiempo fotografías de las infracciones que observe, no sería prudente ni lógico.
En tu caso lo correcto hubiera sido que te hubieran parado para que así te dieras cuenta de lo que habías hecho, porque ahora pasa esto, quién se acuerda si hace cinco meses hablaba por teléfono mientras conducía.
De todas formas, según has explicado, la denuncia que tienes que recurrir es la de la no identificación, la otra del móvil, que es la que no identificaste en su momento, está archivada y se ha realizado el nuevo expediente por infracción al art 72.
Muchas gracias por tu ayuda,Paco, lo que más me cuesta aceptar es que me digan que iba habalndo por el móvil y que por ser la policía su palabra vaya a misa, sin foto , sin comprobación y sin nada.¿no se equivocan nunca? Son humanos y en un coche por la autovía pueden ver lo que no es.Eso de "su palabra contra la mía" y que la suya vaya avalada, no me satisface nada.Ni un pelo.
A ver que pasa con el recurso.
Gracias de nuevo.
María, si el agente coge los datos del permiso de conducir, y en este figuran los mismos datos que tiene la DGT, es fácil que los datos que tiene la DGT, estén tomados de forma errónea, y los tomaron de los datos que tu facilitaste cuando obtuviste el permiso. La DGT utiliza para notificaciones el domicilio que se les notifica a ellos, salvo que en algún documento o alegación se haga constar otro domicilio para notificaciones, pero la primera siempre la envía a la que figura en su base de datos. Es obligación de todos los usuarios, dar cuenta de la modificación de los mismos antes de que transcurran 15 días desde el cambio.
Ahora bien, puede ser que el funcionario de correos tampoco se haya molestado mucho en buscar, cosa que no tiene que hacer, el se dirige al domicilio que le indican en la carta. Lo extraño es que ahora si te haya llegado una notificación.
El agente coge la dirección del carnet de conducir que ya no tengo porque lo he renovado.Y el problema es que a la dirección le faltaba la escalera y el número.Vivo en una urbanización y la calle y el número estaban , y mi nombre también.Yo lo achaco más a negligencia de correos.
El caso es que he cambiado de coche y ese ya no lo tengo...
María, dices que la dirección la cogen de otra denuncia que te han impuesto ¿ y de donde la coge el agente que te denuncia?, suponiendo que sea de tu permiso de conducir, entonces donde figura mal la dirección será en este, en el permiso de conducir. Si la comunicación por tu parte a la administración sobre tu dirección fue errónea desde el principio, no puedes alegar fallos en la notificación de los certificados, puesto que los intentos fallidos se producen por una acción incorrecta tuya. En caso contrario, que tráfico no haya enviado los certificados al domicilio correcto, tendrías alguna posibilidad de recurrir esas notificaciones.
Comprueba que domicilio figura en tu permiso, y en caso de no figurar por ser del modelo nuevo, mira la dirección del vehículo, que si está a tu nombre será la misma, y si no pregunta qué dirección figura para notificaciones.
Hola, buenos días.
Menuda racha con las multas.
Vereis, el sábado me llega una carta certificada de tráfico. En esta carta dice que me han puesto una multa de 310 euros y que tengo un mes para el recurso de alzada.
Voy con la multa a tráfico de Alicante y digo que como puede ser eso. Dicen que me han enviado carta certificada (hasta cuatro, creo) y que han sido devueltos por correos.Fijándome en la dirección de la copia de la notificación que me dieron , lo que pasaba es que la dirección era incompleta.Faltaba escalera y piso.
La dirección completa la cogen cuando a primeros de enero me ponene una multa parándome por exceso de velocidad con radar fijo.
Bien, si la multa me la "ponen" en diciembre de 2008 , yo recibo en mano en enero de 2010 el primer aviso mío, pero el cuarto o quinto de ellos.Mientras han publicado la notificación en el BOE del aviso (identificar al conductor que supuestamente iba hablando por el móvil que yo no identifico por no por recibir las cartas )y, segundo, la multa en cuestión por no identificar al conductor que hablaba por el supuesto móvil de 310 euros.
No puedo ni:
pagarla con descuento
No pueden demostrar que el conductor hablaba por el móvil.
Me siento impotente porque no me dan pruebas de que esto fué así y yo ni he cambiado de domicilio ni me he movido de mi casa en 15 años (figuradamente hablando)
que me aconsejais que haga?