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Salida de humos en un bar

10 Comentarios
 
29/05/2006 16:41
D. Jaume Alonso-Cuevillas Sayrol

.....Un supuesto típico, porque... pues... me encontré hace poco un restaurante conocido de Barcelona... Tenía que adptar por normativa su salida de humos.
Había sido requerido por el Ayuntamiento y cuando pidió permiso a la Comunidad para poder pasar por el patio interior y sacar los humos hacia el terrado, pues la comunida... algunos vecinos se negaron y la comunidad no le dio el permiso y entonces este restaurante puso demanda contra la Comunidad pero se limitó a ejercitar una acción mero declarativa: "que se declare que el restaurante tiene derecho a sacr sus humos...", pues luego cuando me vinieron a ver a mí nos obligó a tener que ..., afortunadamente, pudimos negociar el tema, pero si no nos hubiera obligado a tener que poner una segunda demanda contra la Comunidad, simplemente, porque la sentencia era MERO- DECLARATIVA, y, en esos términos, no podía ejecutarse; por tanto, lo digo como precaución, a tener presente en todos estos supuestos para evitarse luego la complejidad, los problemas, las dilaciones, el mayor coste que supone tener que poner una nueva demanda para ejecutar aquello que ya se ha declarado en un previo proceso."

Para más información consultar: "Jornadas de propiedad horizontal por videoconferencia" iniciado por Luis25 y mecanografiado por Scrartett .No tiene pérdida.
29/05/2006 14:50
Alla los propietarios, si aceptan.
perfil EBG
29/05/2006 14:31
Yo no lo veo claro, dentro de la LPH tendrian que haber exepciones en algunas cosas.
En este caso lo que veo es que este señor ya puede hacer las maletas y hacer cola en el paro. El ayuntamiento o la comunidad de vecinos tienen que ceder ante un caso asi y mas un negocio de mas de 18 años que esta alli con su licencia municipal (de momento). Y creo que lo mas facil es que pueda ceder la comunidad buscando una solución en la qual se pueda cumplir las normas del ayuntamiento y no moleste a la estetica del edificio.
29/05/2006 10:59
Yo interpreto, que si un edificio no se construyo, con la prevision de una salida de humos, para los locales, no hay ordenanza municipal que obligue a los propietarios a tomar un acuerdo de colocar un tubo de salida de humos por la fachada.
En este caso la conclusion, seria que el local "no reune" las condiciones para el fin al que se le quiere destinar.
Salvo mejor opinion.
29/05/2006 09:09
La comunidad no se puede oponer a las normas municipales. ¿Se puede oponer Ud. a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles?
perfil EBG
29/05/2006 08:35
En un principio tengo entendido que la comunidad tiene que acatar y facilitar las ordenanzas municipales. Si no me temo que muchos locales comerciales tendrian que ir cerrando puertas, porque si la comunidad se niega a que cumplan con las normas municipales, tendran que cerrar. Estas normas normalmente son para la seguridad y el bien del edificio y creo que és más importante que el mero hecho de la estetica del edificio.
perfil ju
28/05/2006 21:58
y en qu lugar
26/05/2006 13:51
A mi me han planteado un problema parecido, un empresario quiere adquirir un local para poner un negocio pero necesita sacar la salida de humos por el patio de luces ( no he leído los estatutos, pero me imagino que el patio será común de uso privativo del primero), para empezar ha comentado el tema a la Comunidad y hay tres vecinos que se oponen, no a la salida de humos, si no a que ponga el negocio. Y mi pregunta es ¿es necesaria la unanimidad para poner un negocio? ¿o para instalar la salida de humos por el patio? Al fin y al cabo es un local comercial y debe servir para ese uso y si hay que acondicionarlo mediante la instalación de una salida de humos la comunidad no se puede oponer ¿no? A ver si me podeis ayudar. Gracias.
17/05/2006 19:48
En primer lugar, gracias Ignacio, de verdad por contestarme, y si te dire que efectivamente consta que los vecinos facilitaran esa salida, lo que pasa que me imagino haya que presentar un proyecto en el cual haya qu hacer una especie de colunna hasta el tejado del edificio recubriendo el tubo con el mismo material de que esta hecho el edificio.
Algo de eso lei en algunas sentencias, no se, voy a ir informarme mejor a los tecnicos del ayuntamiento, haber si hay alguna solucion, me consta que ya se cerraron algunos restaurantes por este tema, no me parece muy justo.
Una cosa es que no den licencia para abrirlo y otra muy diferente que llevando con esa licencia un monton de años, ahora pretendan cerrar la cocina por una simple denuncia.
De todas formas muchas gracias, te lo agradezco de verdad, yo hice esta pregunta porque se que es un tema que esta muy latente en la actualidad
Saludos
17/05/2006 17:47
Joser, por lo que indicas el título constitutivo autoriza al local para sacar salida de humos. Confirma este extremo en el Registro, y si es así tienes el pleito ganado a la comunidad, pues no hace falta unanimidad.

El problema puede ser que la única vía de salida sea por la fachada, y eso el Ayuntamiento no lo admitirá.

Un saludo
Salida de humos en un bar
17/05/2006 17:41
Hola, tengo un tema bastante nuevo para mi, me refiero a un señor que tiene un restaurante de hace 18 años, el otro dia le vino una inspeccion del ayuntamiento y le dicen que tiene que cerrar la cocina por no tener salida de humos al tejado.
El problema surge, en como poner esta salida, pues no da a ningun patio interior y hacerlo por la fachaca principal se me antoja harto dificil, yo creo que habria que presentar un proyecto en el ayuntamiento para la referida obra si es que es posible, pero ademas, mucho me temo que se va a encontrar con la oposicion de los vecinos para realizarla adecuadamente y a pesar de que en la escritura consta que estos (los vecinos) facilitaran las obras corrrespondientes para llevar a cabo las salidas de humos necesarias, teme que va a tener alguno en contra, y es una obra que bajo mi punto de vista exige unanimidad, segun la LPH
¿Alguien me puede guiar sobre este tema?, supongo que muchos de ustedes estarian involucrados en problemas similares.
Dandoles las anticipadas gracias, estaria enormemente agradecido que alguien me diera su parecer, pues la jurisprudencia, que hay mucha y abundante y el Reglamento 2014/1961 correspondiente, sospecho van a poner las cosas muy dificiles
Saludos