En efecto, la empresa debe pagar y cotizar todos los meses, como si son 16, que hay casos ... no obstante, la empresa puede reclamar al Estado los salarios que excedan de 60 días (pero, previo pago de los referidos salarios de tramitación)
El despido fue el pasado día 2 de julio, y la sentencia del día 3 de octubre me la han notifcado hoy día 14 de octubre, le he dicho a la empresa que me tiene que pagar los salarios desde el 2/07/08 al 14/10/08, aunque sean mas de dos meses, ¿es así? o la empresa salamente tiene que pagar como mucho 2 meses.