me podrían decir si los salarios de tramitación pueden ser anulados por la empresa en algun momento del proceso judicial antes de la sentencia final en el supremo para no tener que pagarlos?
Tu pregunta es un poco confusa. Pero la empresa no puede "anular" los salarios de tramitación. Los salarios de tramitación los dictamina el Juez o Tribunal y la empresa no puede anularlos. De todas formas convendría que especificaras y aclararas tu pregunta.
Si claro, perdón por hacer la pregunta tan mal. El juez puede decir si los salarios de tramitación se pagan o no? Con que criterio y desde cuando hasta cuando se contarían ?
Si la empresa reconoce la improcedencia del despido y deposita en un plazo de 48 horas desde el despido, no habrá salarios de trámite. Si deposita despuès de las 48 horas, habrá salarios hasta el depósito.
Si no reconoce la improcedencia y el despido se declara improcedente o nulo, hay salarios de trámite desde la fecha de la baja que coincidirá con la del despido hasta la notificación de la sentencia.