Actualmente tengo un contrato en prácticas con el que estoy percibiendo, según la empresa el 60% del salario correspondiente a la categoría profesional. Yo estoy percibiendo:
(60% Salario base 60% plus A 60% plus B ) salario mínimo interprofesional
60% salario base salario mínimo interprofesional
Mi duda es la siguiente:
¿ese 60% debe ser aplicado solamente en el salario base o también en los pluses?
Si el salario en ningún caso debe ser inferior al salario mínimo interprofesional, ¿esto se refiere al total o a lo correspondiente al 60% del salario base?
En un cto en practicas si el convenio no lo mejora, el primer año se cobra el 60% de lo que cobraria un trabajador con una categoría X, este 60% se aplicara a todos los conceptos salariales, no obstante si ese 60% del S.B. Estuviese por debajo del SMI se abonara como S. B. el SMI. lo que no quita que di tuviese pluses de mejora voluntaria se lo restaran de éste último.
SMO