Un Ayuntamiento, está a punto de declarar la ruina de un edificio de viviendas.
En ese edificio, existen varias viviendas en régimen de alquiler.
Declarada la ruina, significa que se dictará desahucio para los inquilinos.
¿Cuales son las condiciones?.
¿Que derechos tendrán los inquilinos?.
me temo que sí, que se quedan en la calle y sin derechos
claro que los inquilinos pueden alegar en el expediente de declaración de ruina y, decretada la declaración de ruina, pueden recurrir en los juzgados conta la resolución