En mi humilde opinión, y sintiendo disentir con mi admirada Anafer, es un delito o falta de hurto, dependiendo del valor que se le de al vehículo.
No es apropiación indebida, para mí, por que en ningún momento se le deja en depósito el vehículo al novio de Volcanita, sólo las llaves del mismo.
No es robo con fuerza, puesto que, aunque se hace con el bien mueble por medio de llave falsa, no usa esta última para acceder al interior de la cosa para apropiarse del contenido, como reza el art. 237 del C.P., si no que la misma cosa es el objeto del que se apropia el autor del hecho.
Sí es hurto de uso de vehículo a motor, puesto que, aunque no hay ánimo de apropiarse del vehículo, sí lo hay de hacer un uso no autorizado del mismo, que es precisamente lo que castiga, a mi juicio, el 244 del C.P.
hola, buenas tardes. Tengo una duda acerca de el concepto de hurto de vehiculos de motor.La cuestión es la siguiente;hace un par de semanas tuve un problema con mi pareja puesto que me pidio las llaves del coche del que soy la conductora habitual siendo el propietario mi padre.El uso para el que le di las llaves no era su conduccion puesto que mi pareja no tiene carnet de conducir, pero se lo llevo sin tener nosotros conocimiento de ello y la policia lo cogio ebrio conduciendolo.La cuestión es que mi padre le ha puesto una denuncia para reclamarle el importe del deposito del coche mientras lo retuvo la policia, aunque la citación para el juicio se ha hecho por hurto del vehiculo ya que no tenia permiso para llevarselo.Mi duda es si eso consta como hurto o robo al haberle dejado yo las llaves aunque se lo llevara sin permiso y cual seria la pena que recaeria sobre el.Me encantaria que alguien me respondiese hoy mismo si puede ser ya que el juicio es mañana.Muchas gracias