Soy viuda desde septiembre del 2008. En estos momentos tengo una denuncia civil en el juzgado, interpuesta en mayo 2011, por los hijos (que no son hijos mios) de mi difunto marido. La denuncia es para el reparto de unos muebles viejos y el dinero que hay en los bancos.
El hijo mayor de mi marido, vino a mi casa cuando su padre fallecio y aprovecho para hacer su propio inventario y se llevo varios documentos sin mi permiso y se robo el documento con la ultima voluntad de mi marido. El hijo mayor de mi marido me hizo creer que mi marido no habia dejado nada por escrito y que la herencia debia repartirse segùn la ley. En el 2010 yo les compre a ellos la parte de la casa, que por ley, les pertenecia. En el 2011 me pusieron una demanda en el juzgado por el resto de la herencia. En el proceso yo me estoy representando sola, porque la abogada de los demandantes se negò a dar una prorroga del plazo para que yo presentara la respuesta por escrito que me exigia el juzgado. Yo contacte con varios abogados pero fue dificil encontrar uno que me quisiera representar. El juzgado me envio una carta con la orden de presentar una respuesta por escrito. En en la respuesta que yo presente argumento, todo el tiempo, que mi marido habia dejado un documento con su ultima voluntad y que uno de sus hijos se lo robo de mi casa. Mi marido no murio de repente , Èl estaba enfermo y ya sabia que se iba a morir, Èl hizo un primer testamento en el 2003 cuando le diagnosticaron su enfermedad y luego en el 2006 lo anulò para hacer un nuevo documento, porque los coches que figuraban en el primer testamento ya no eran los mismos en el 2008 y el nuevo documento contenia las nuevas pertenencias y el nuevo capital de dinero que Èl tenia en los bancos. Tambien estaba la casa, que era para mi sola y que sus hijos me hicieron una venta legal, pero fue una estafa. Su hijo y la abogada nunca han negado que exista un testamento, lo que ellos argumentan es que ese testamento, seguramente yo lo tengo por ahi. la abogada argumenta, que su cliente no se robo ese documento.
En mayo 2012, se realizo la primera audiencia de conciliaciòn y estabamos citadas todas las partes. En la audiencia el juez me pregunto, que yo que queria de este proceso, a lo que yo conteste: que yo queria hacer una denuncia penal en contra del sr. hijo de mi marido, porque Èl se habia robado el testamento de mi casa el 07.09.2008. En la audiencia hubo un silencio total, nadie dijo nada, nadie hizo ninguna objeciòn a mis acusaciones, ni la abogada de los demandantes ni el demandante al cual iban dirijidas las acusaciònes dijeron nada. Despues de este silencio, el juez nos tomo declaraciòn por separado. El juez queria que yo hiciera un arreglo con los demandantes y yo le dije que no, que yo no estaba dispuesta hacer ningùn arreglo, que yo queria que el ladròn devolviera el testamento y ahi si podiamos hablar de un acuerdo.
La pregunta es: El silencio es tambien una respuesta en los tribunales?
Se puede interpretar ese silencio como una aceptaciòn de las acusaciones?
Como puedo utilizar ese silencio en contra del delincuente? Porque su abogada ni el demandante hicieron ninguna objeciòn?
Cabe destacar, que yo he mandado varios informes y varias pruebas al juzgado y muchas cartas a la abogada de los demandantes diciendole que si van a tomar medidas legales en contra de mis acusaciònes, que lo hagan y que no me amenacen con que van a tomar medidas legales, que lo hagan. Yo siempre he dicho que el hijo de mi marido es un ladròn, un tramposo, un estafador y un delincuente. Hasta el momento nadie ha hecho ninguna denuncia para defender el honor o la reputaciòn. Ellos siempre me han amenazado que me van a denunciar por injurias, calumnia y difamaciòn, hasta el momento nadie ha hecho denuncias por este concepto.
El proceso continua y la proxima audiencia sera en enero 2013.
En agosto del 2010, yo le hice una oferta a la abogada de los demandantes, para comprar todos esos muebles, segùn el precio que hay establecido en el inventario, y ella me respondio que, sus clientes no querian que yo me quedara con todo el mobiliario.
Como puedo yo utilizar la oferta que le hice a la abogada para comprar todo los muebles?, oferta que fue rechazada.
No tengo copia del testamento, tampoco conozco el contenido del testamento. Como puedo hacer para que el ladròn devuelva el testamento que se robo de mi casa?
Se puede usar el primer testamento , (asi este invalidado), para hacer una demanda penal y reclamarle a los hijos de mi marido que me devuelvan el dinero que les pague por la casa y para reclamar lo que me pertenece, segùn el testamento?
Gracias por sus respuestas!
En civil no existen las denuncias.
1.- Solicita el Certificado de Últimas voluntades de tu marido. En él aparecerán los testamentos que otorgó (si es que lo hizo), siendo el último de ellos el que vale y anula los demás.
2.- Acude al Notario que se indique en la Certificación, ante el que se redactó el último testamento, y solicita copia del mismo.
3.- En él deberán figurar, en su caso, tus derechos, sin perjucio de los que te correspondan como esposa del causante. Es esa información la que permitirá actuar después de una forma u otra.
4.- Respecto a algunas de tus cuestiones, decir que el silencio se valora en los Tribunales, pero no el silencio que indicas que tuvo lugar en la Conciliación, ni se puede interpretar como admisión de acusaciones.
5.- No logro entender que compraras a los hijos de tu marido (2010) la parte de la casa que por Ley les correspondía. ¿Porqué eran propietarios de dicha parte?. ¿Figuraban como tales en el Registro de la Propiedad?.
Gracias Tripoli por tu respuesta.
El asunto es, que yo estoy hablando de un documento con "la ultima voluntad", hecho a mano, y que mi marido nunca lo registro. Donde vivo,y donde ocurrieron los hechos, ese documento tiene tanta validez como un testamento.
Donde vivo, la herencia se reparte (en caso de que no haya un documento con la ultima voluntad o un testamento) en 50% para la viuda y 50% para los hijos. Cuando digo que yo les compre la parte de la casa a los hijos, es porque "por ley" les correspondia el 50% a ellos.
Ignoro dónde vives, pero podías haberlo dicho, para saber qué Derecho aplicar.
No obstante en la legislación española (común o/y especial), no existe precepto alguno que otorgue a la viuda del causante abintestado el 50% del caudal hereditario. Otra cosa es que el régimen matrimonial fuera el de gananciales, y por ello se presume que el 50% de los bienes es de cada uno de los cónyuges.
En nuestra legislación se da válidez a diferentes testamentos, (ológrafo, abierto, cerrado, militar, marítimo, etc), cada uno con sus característicias y requisitos propios.
Por otro lado, también establece que será incapaz para suceder el que ocultare el testamento, (pero ésto es necesario probarlo sin ningún género de duda).