A ver si me podéis ayudar, resulta que en el 2001 cometí un error, como consecuencia de tal, se me acusa de un delito continuado de robo con fuerza, el fiscal lo ha considerado como continuado y pide 5 años, mientras que la acusación particular no lo considera como tal y pide 15 años.
A principios del 2001 fueron robados unos establecimientos siguiendo el mismo modus operanti, en marzo del 2001 nos detuvieron a unos cuantos y pasamos a disposición judicial, el juez decretó la libertad con cargos.
A fecha de hoy, aún no ha salido ni juicio ni nada, en Mayo de 2006, se dio traslado al juzgado de lo penal, pero aún no se sabe ni en qué juzgado ha caído ni hay fecha para juicio ni nada, mi abogado no sabe nada, y los abogados de las otras partes tampoco, no quieren “mover” el tema.
Quería preguntar si es normal que desde el 2001 a fecha de hoy ni tan siquiera tengamos fecha de juicio ni nada, en mayo del 2006 tuvimos que ir al juzgado de instrucción se nos informó de lo que nos acusan y pidieron una cantidad a ingresar para hacer frente a la posible responsabilidad civil. Pero desde entonces no hemos vuelto a tener noticia alguna.
Una última cosa, las pruebas que tienen en contra nuestra son testifícales de los propios imputados, se da el caso que un individuo dice que otro estuvo en un robo, y la policía con ese testimonio le inculpó y el fiscal lo aceptó, no existen otras pruebas, ni grabaciones, ni llamadas de teléfono, ni testigos que no estén implicados que sitúen al actor en el lugar, únicamente la palabra de un imputado.
Todas las declaraciones de los imputados se contradicen y no hay medio de sacar la verdad, cada uno quiere salvarse así mismo. ¿Cómo lo veis?
Se me olvidaba, no tengo antecedentes y mi vida ahora es bastante normal, hace 6 años también lo era, pero ahora 6 años más viejo, con un buen trabajo, etc, etc, etc.
Llevo 6 años pensando todos los días si tendré que ingresar, y la verdad que es una faena.
Pues puede ser normal que un Juzgado tarde tanto, porque hay Juzgados que van muy lento. En cualquier caso, puede usted luego ampararse en la atenuante de dilaciones indebidas. No le puede decir si opino si es un robo continuado o no, porque me faltan detalles del asunto para calificar eso. Suerte!
Én cuantos grados se bajaría la pena por dilaciones indebidas....... pongamos 5 años.
Otra cosa, si pretendo en un futuro si saliera mal, solicitar amparo del TC por falta de prueba objetiva, debería hacerlo constar en el primer escrito de defensa, verdad?
Estuve hablando con el abogado y le comenté la posibilidad de solicitar prescripción, dado que han pasado más de 5 años, y el procedimiento ha seguido su curso pero no contra mi, es decir, yo no he recibido noticia del juzgado alguna. Me comento mi abogado que habría que estudiarlo, no se si ha metido la pata a tenor del art 667 LECrm, dice que la solicitud de preescripcion deberá ser cursada tres días despues de la entrega de los escritos de calificación......... y eso ya sucedió.
Oalan, en cuanto termine de redactar una demanda que tengo sobre la mesa que será dentro de ná, te copio jurisprudencia. Gracias por recordármelo. Hasta ahora mismo. Un saludo.
A ver, para poder condenar a una persona hace falta que exista una PRUEBA DE CARGO. Respecto a esto hay que saber que la inculpación que haga un imputado a otro no es prueba suficiente para condenar.
¿Jurisprudencia? Por supuesto ...
Sentencia 258/2006, de la Sala 2ª del Tribunal Constitucional, de 11 de septiembre del 2006: " ... al acusado, a diferencia del testigo, le asisten los derechos a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable (artículo 24.2 CE) ... las declaraciones incriminatorias de los comimputados carecerían de consistencia plena como prueba de cargo cuando, siendo únicas, no resultaban mínimamente corroboradas por otras pruebas, de tal modo que ante la omisión de ese mínimo de corroboración no podía hablarse de base probatoria suficiente o de inferencia suficientemente sólida o consistente desde la perspectiva constitucional que demarca la presunción de inocencia ... ".
Esta jurisprudencia ha sido muy matizada por posteriores sentencias, pero todas vienen a coincidir que con la sóla declaración de otro coimputado no se puede condenar. Saludos y salvo mejor criterio o sentencia.
Ya tenemos fecha para el juicio en lo Penal, me estoy preparando para lo peor, perono por ello me voy a rendir.
Han pasado 7 años desde los hechos y ahora encontrarme con esto es una papeleta.
Quiero agraceder a Maicavasco la sentencia del TC, pero me gustaria tener alguna mas.
He estado mirando en la base de datos del TS pero salen muchos resultados, y ademas, o es una impresion mia o siempre dan la razon al primer juzgador, no?
Pues eso, a ver si hay suerte y me podeis echar un cable, busco sentencias que absuelvan a un imputado por un delito de robo con fuerza, cuando las únicas pruebas de cargo son testificales de imputados y de amigos de estos.