Para empezar una persona está denunciada por daños y no por hurto ni robo con fuerza, aunque lo que le preocupa es algo más complejo y extenso, que relato a continuación.
El individuo denunciado por daños tiene problemas de ansiedad y está tomando un medicamento que no está prescrito para dicho fin y que es de venta libre en farmacias. El medicamento en cuestión es parecido a la dormidina y no debe de mezclarse con alcohol.
Un día que el mencionado individuo estaba deprimido y con algo de ansiedad bebió bastante alcohol (unos 16 o 17 cl de whisky), junto con el mencionado medicamento.
Salió a la calle a simplemente dar un paseo y sin idea de hacer absolutamente nada, entró en una gran superficie comercial. Empezó a dar vueltas por allí y , sin saber realmente el motivo, decidió coger 2 o 3 cajas de esas de plástico transparente anti hurto, en la que había objetos valorados en su conjunto de menos de 400€.
La cosa es que forzó las cajas con unas herramientas que estaban en la misma tienda y que el individuo no portaba antes de entrar. Salió y entró varias veces del comercio y en cada salida fue sacando los artículos mencionados, obtenidos forzando las mencionadas cajas anti hurto. Estos robos continuados, los estuvo haciendo durante entorno a una hora.
En total esto lo hizo con varios artículos, unos que estaban dentro de las cajas anti hurto y otros que simplemente abrió, rompiendo el embalaje.
La cuestión es que al día siguiente volvió al centro comercial a devolver lo que había robado de la tienda y lo escondió dentro de una caja de un producto que había en la tienda.
Algunas horas después, volvió a entrar en la tienda para poner la caja que rellenó con los objetos sustraídos en un lugar algo más accesible para facilitar que fuese encontrado por el personal de la tienda, ya que pensó que si no lo encontraban en algún tiempo, podrían de algún modo reconocerle y denunciarle por robo y usar sus huellas dactilares para denunciarle por robo con fuerza. Así que llevó la caja que contenían los artículos sustraídos al mismo lugar donde había abierto las cajas anti hurto y donde había escondido los embalajes de los artículos sustraídos y que estaba situado en una estantería de artículos de la tienda.
Al salir del centro comercial y ya en la calle, 2 vigilantes de seguridad le dijeron que les acompañase para tramitar una denuncia por hurto. El denunciado dijo a los vigilantes que no había hurtado nada y que les podía indicar en que lugar dentro de la tienda, estaban los artículos que el supuso en ese momento, que serían por lo que le querían denunciar.
Entró en la tienda, les indicó el lugar donde estaban los artículos y fue conducido al cuarto de seguridad, donde se personó la policía para tramitar la denuncia.
Por lo que tengo entendido el abrir las cajas de plástico, que son cajas cerradas anti hurto, se consideraría como robo con fuerza y creo que hay un agravante que aumenta la pena, por haberse hecho este robo, en un lugar abierto al público, como era la mencionada tienda.
Al final le denunciaron por daños y no por robo ni hurto, ya que los artículos sustraídos estaban en la tienda. Pero lo que le preocupa es que en el juicio rápido saquen vídeos en los que se vea como el denunciado se guardo los artículos robados y sale de la tienda. Con lo que ya no sería un delito de daños, si no robo con fuerza.
Por lo que tengo entendido, la pena por este delito es de entre 2 a 5 años de prisión, con lo que está realmente asustado y pensando seriamente en el suicidio, por que como dije, tiene bastantes problemas de ansiedad y depresión y no se ve con fuerzas para aguantar algo tan duro como el paso por prisión.
El denunciado no tiene antecedentes penales de ningún tipo, ni por hurto, robo, ni absolutamente nunca había tenido problemas con la ley. El día que fue denunciado no había hecho nada ilegal, salvo mover de un lugar a otro la caja con los artículos sustraídos el día anterior.
¿Es legal que los vigilantes salgan a la calle a retener a un ciudadano si en ese momento no había hecho nada?
Pues nada, al final solo tengo que pagar los daños que me reclamaban y 5 días sin salir de casa. Es decir, que solo me imponen una falta por daños.
Por cierto, pregunté como y donde pagar el importe de los daños que me reclaman y solo me dieron un número de cuenta, escrito a bolígrafo a toda prisa. Cuando pregunté el concepto, me dijeron multa.
La verdad que no me queda muy claro la forma de pagar. ¿No hay que indicar en el concepto el número de sentencia, mi DNI o algo por el estilo?, ¿como sabe el juzgado que he pagado, si en el concepto no vienen mis datos personales o al menos el número de sentencia?. ¿Como se que el número de cuenta es el correcto?.
Joder y además 5 días en casa, me voy a volver majara.