El robo requiere fuerza para acceder al lugar en el que se encuentra el bien pretendido. Si el vehículo ya está en la calle y la fuerza se hace sobre él mismo, para mí que es hurto (más daños).
Mira esta SAP de Cádiz, te pongo el resumen, si te interesa entera y no la encuentras me lo dices y la pego entera:
Audiencia Provincial de Cádiz, sec. 4ª, S 21-10-2008, nº 331/2008, rec. 154/2008. Pte: Blanco Aguilar, Manuel
RESUMEN
Se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la acusada contra sentencia que la condenó por delito continuado de robo de uso de vehículo a motor. Comprueba el Tribunal que en el presente caso tanto uno como otro vehículo no se hallaban en el interior de un garaje, sino que se encontraban estacionados en la vía pública, al aire libre, por lo que la fuerza empleada por la acusada y por sus acompañantes menores, consistente en el forzamiento de las puertas, no fue necesaria para acceder al lugar donde los mismos se encontraban; de ahí que nos encontremos ante un supuesto de un delito de hurto de uso en el caso de la sustracción del primer vehículo, atendido su valor, y ante una falta de hurto de uso, habida cuenta del valor del turismo, inferior a cuatrocientos euros.
Yo discrepo Kapitan, si yo fracturo la cerradura del vehiculo o el cristal para acceso al interior y posteriormente realizo el llamado " puente", considero que es robo de uso. Creo que en este caso es " ad rem"
Yo entiendo el hurto de uso, si el coche esta abierto y me lo llevo con llaves puestas, o incluso si esta abierto y luego le hago el puente. este caso es " in rem" en la cosa.
Caso distinto es el caso de un ciclomotor o motocicleta al que se le rompe el candado, aquí si veo claro hurto. In rem.
Aunque Kapitan, tu argumento no me convence del todo, pero me hace pensar.
No topi, el coche es contenido, aunque fuercen éste si es para apropiárselo enterito, aunque esté en la calle, es hurto... ya sabes, la fuerza ha de ser sobre el continente para apropiarse del contenido. Sin embargo el coche es continente cuando se fuerza para sustraer (robar) algo del interior.
Una matización. Si el coche esta en la vía publica, fuerzan la puerta del vehiculo para acceder al mismo y posteriormente le hacen el puente, yo me inclino a que es robo de uso.
Sin embargo si el coche esta en vía publica, no fuerzan la puerta o cristal aunque luego hagan el puente, hurto de uso.
En relación a que si no se llevan el vehiculo sino que fuerzan para llevarse cosas de su interior, opino igual que
Kapitan.
Opináis igual?
Saludos cordiales.
Para mí que si está en la vía pública, por mucho que le hagan el puente, es hurto, en principio de huso hasta que pasen esas 48h., después hurto a secas.
Por otro lado O-God, no especifica qué es lo que se sustrae, si se refiere al vehículo o a algo que se encuentre en el interior del mismo. Si fuese este último caso, daría igual que se encontrara en el interior o exterior de un parking o lugar cerrado, bastaría con que se forzara el paño o rompiera un cristal o se aplicara cualquier otro tipo de fuerza sobre el vehículo para que se tratara de un robo con fuerza.
De entrada, si esta en la vía publica, le hacen el puente y se lo llevan, seria robo de uso de vehiculo a motor, si no tiene animo de apropiarslo y lo restituye en 48 h, aplicandose la pena en su mitad superior 244.2 CP.
En caso de que pasen las 48 h, se aplicaría robo con fuerza común. Art. 244.3 CP.
Salvo superior parecer.
La fuerza se tiene que ejercer para acceder al lugar donde está el coche (por ejemplo, en forzar la puerta del garaje).
Pero vamos, si está en la vía pública y le hacen el "puente" para llevárselo, también sería robo con fuerza.
Me encuentro ante una duda, a ver si alguien pudiera resolverla...
En el caso del delito de robo con fuerza en las cosas, el empleo de la fuerza típica... ¿ha de ser para acceder al lugar donde se encuentra el vehículo o la ejercida sobre el propio vehículo? Gracias por adelantado. Tengo esta duda a la hora de calificar, ya que según donde encuentre la fuerza me encontraré con uno o varios delitos de robo diferentes.