Hola a todos. Me sustrajeron mi coche dentro del taller que se reparaba. Soy agente comercial colegiado. La compañía del taller me indemnizó "por los perjuicios" y luego mi compañía me compensó por la póliza de seguro que incluía robo. El coche apareció (al cabo de cuatro meses) y mi compañía se lo vendió obteniendo así una compensación por el dinero que me pagó. Ahora, mi compañía me reclama el dinero que me pagó. Entiendo que si ellos se lo vendieron, ya están compensados por el dinero que me dieron, pero ahora quieren cobrar también de mí. Creo, que la Ley dice que no puedo enriquecerme por un caso así, pero ellos tampoco. Es más, la otra compañía me indemnizó por los perjuicios causados, sea un coche o un caballo. La mía me compensó por la póliza en la que está incluido el robo. No me parece justo que ellos digan que debo reintegrarles el dinero ya que así la compañía mía cobra dos veces, una del cliente que se lo vendieron y ahora de mi. la compañía del taller se portó bien y no ha dicho nada al respecto. El robo se produjo en Noviembre de 2013.
Muchas gracias por contestarme.
Efectivamente, si el coche esta dado a tu nombre de alta en trafico, el obligacion para esta administracion eres tu.
En cuanto a que le cediste el coche a tu padre, si no has firmado nada, pues tal vez puedas contar con gente que pueda testificar que asi fue?
En cuanto a denunciar el hecho, de qué delito se trataría? Porque yo no le veo.
Yo creo que lo oportuno es ver si puedes convencer a tu padre que te devuelva el coche, y si no, pues te va a tocar demandarle y pedirle que te pague el dinero que has tenido que adelantar en hacienda y ademas solicitar via judicial que el coche se ponga a su nombre en trafico.
Además, hay que tener en cuenta, en relación a la posible denuncia, lo dispuesto en el codigo pena, que dispone que están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación.
Si en tráfico consta que el coche es tuyo y no habeis realizado ningun contrato de cesion o compraventa del mismo ( lo que dudo al ser familiares directos), el obligado al pago ante la administración eres tú. SI no tienes manera de acreditar que le cediste el coche, dificil veo que puedas reclamarle las cantidades quepagues por él. Y en cuanto al coche, o te vas directamente a por el, lo arrancas y te lo llevas o lo cargas en una grúa si no tienes llaves. Si denuncia el hecho, tendrás una prueba de que se lo cediste porque él solo confesará .
En primer lugar disculpad porque el tema no se si es penal o civil, pero si podeis ayudarme, adelante. Hace unos años le cedí a mi padre un coche de mi propiedad, resulta que en todo este tiempo nunca se ha preocupado de pagar el impuesto de circulación. Ahora me ha venido una notificación de embargo, me embargan una moto que yo utilizo. Le he dicho que pague todo lo que debe pero se niega. ¿Qué puedo hacer para que pague o para, en ultima instancia, recuperar el coche? puesto que no será facil que me lo entregue voluntariamente.