Me gustaría que opinaseis sobre el siguiente tema: En el 2.005 un conocido cometió un delito, reunía los requisitos para que se le otorgase la suspensión de la pena y así se hizo. A cambio tenía que estar sin cometener infracción alguna durante tres años.
En el año 2008 dentro del plazo de suspensión es denunciado por unos hechos completamente distintos a los del año 2005.
Ahora el Juez quiere revocar la suspensión del año 2005, pero la sentencia del delito cometido en el año 2008 ha sido firme en 2012.
Yo entiendo que la fecha que debería contarse es la del año 2012 que es cuando la sentencia es firme y ya no se podría revocar la suspensión, porque podría haber salido absuelto también y ya habrían pasado los tres años.
Gracias Claimco, por tu respuesta. Quería plantear otra cosa relacionada con este caso, como he dicho la sentencia del primer delito fue firme en 2005, y la pena impuesta fue de seis meses. Esa pena se suspendió y no podía cometer delito en tres años. En la fecha de la sentencia de 2012, yo entiendo que los antecedentes del 2005 estarían ya más que cancelados, han pasado siete años.