Buenas tardes, me gustaría que algún abogado, me ayudara y me diera su punto de vista y que solución se puede buscar a la situación que ahora tengo, el problema es el siguiente:
Debido a una separación matrimonial se procede a liquidar la vivienda de la sociedad ganancial, esta parte se adjudica la vivienda en las siguientes condiciones, según acuerdo llegado por la parte:
1º La parte adquirente del bien abona a la parte vendedora 90.000€ por el 50% de la propiedad
2º La parte compradora asume en exclusividad las cargas hipotecarias que pesan sobre la vivienda, liberando asi a la parte vendedora, dichas cargas son por un importe de 109.000€
En consecuencia de tal acuerdo, se establece el valor de la vivienda por un importe de 289.000€
Dicho acuerdo es alcanzado en sala, siendo por lo tanto un firme de sentencia.
En el año 2009, al no poder ejecutar el acuerdo, (por esta parte), le realiza un embargo preventivo por un importe de las obligaciones adquiridas por esta parte, por una cantidad de 199.000€, embargando la propiedad y parte de la nomina mensual. (90.000€ correspondientes al 50% de valor de lo adjudicado + 109.000€ de las cargas hipotecarias )
En el año 2011 la propiedad es sacada a subasta por un importe de 143.000€ una vez realizado el avaluó y descontada las cargas hipotecaria se fija su precio de subasta en 40.000€. finalizando dicha subasta por la cantidad de 87.000€ (mas la hipoteca que en el momento del avaluó era de 103.000 € )
Teniendo en cuenta, que en ese acto se tendría que descontar la cantidad de 103.000€ mas los 87.000€ ( 190.000€) correspondientes a mis obligaciones, se entiende que aun me faltaría por abonar 9.000€, puesto que dicha obligación según sentencia era de 199.000€
El problema viene que cuando me dan traslado de la liquidación de la subasta me notifican que aun queda pendiente con la ejecutante la cantidad de 103.000€ ( es importante resaltar, que como anteriormente comente, la sentencia reconoce a la ejecutante el cobro de 90.000€, el resto es a favor de la entidad bancaria, puesto que es esta parte quien en dicho acuerdo se compromete en hacerse cargo de la carga hipotecaria, que era en el momento del acuerdo de 109.000€)
A fecha de hoy mi nomina sigue embargada, habiendo percibido la parte ejecutante por este concepto la cantidad de 27.000€. esta cantidad unida a la percibida en la subasta, hace un total de 114.000€ (87.000 subasta +27.000 nominas), lo que es igual a 24.000€ mas de lo que tiene reconocido en sentencia (90.000).
Quedandola aun por percibir, según anotacion del juzgado la cantidad de 85.000€.
Evidentemente, parece claro que la ejecutante se a autoadjudicado y el juzgado asi se lo esta consintiendo, el importe hipotecario, que es a favor de la entidad financiera, ( carga que ya he liquidado ), como una deuda a su favor, es decir, va a percibir la cantidad a su favor de 199.000€
Teniendo en cuenta que la subasta y la liquidación de esta es del año 2011, y es cuando me entero que la parte ejecutante esta percibiendo mas dinero del que le corresponde por sentencia, que puedo hacer? se puede solicitar una revisión de la sentencia? Cabria la posibilidad de denunciar a esa parte por apropiación indebida y solicitar la devolución de las cantidades indebidamente cobradas y el archivo del auto?
Ruego cualquier sugerencia y ayuda que pueda recibir, puesto que estoy desesperado con dicha injusticia.