Buenas tardes, mi tema de consulta es el siguiente: soy delelegado sindical , con un redito horario de 40 horas mensuales. Por acuerdo con la empresa, disponemos de 5 dias para ejercer nuestros derechos sindicales.Dicho esto, mi duda es la que planteo a continuación. Tenemos un sistema retributivo por el cual se nos abona un 21,5% del salario base de cada jornada realizada en concepto de compensación porlos dias de descanso y festivos. Sin embargo, he observado en mi nomina, que no se me aplica ese porcentaje sobre los 5 dias que tengo para ejercer mis funciones de representación. En el acuerdo que tenemos firmado a ese respecto, no se hace referencia alguna a este porcentaje. ¿ Estoy siendo objeto de algun tipo de discriminación sindical?. Gracias, un saludo