Hola. Aprovecho ete hilo para pedirle a catón y a cualquier otro forista que eche un vistazo al hilo " arrendamiento de renta antigua". Autor: mayita ,de fecha 1/02/2007.
Son cuestiones diferentes, el IVA, sigue siendo el 16% que usted deberá cobrar al inquinio, para ingresarlo trimestralmente.
Las retenciones del 18%, es una cantidad a descontar de la renta, que ingresará el inquilino directamnte en la Hacienda Pública, en concepto de I.R.P.F, que hasta el mes de enero 2007 era el 15%.
La única exlicación que le puedo dar es porque así está legislado.
Soy propietaria de un local, en Madrid, y que tengo arrendado. Me he enterado de que a partir del 2007 la rentención por IVA es el 18% de la Base Imponible.
Alguien me puede explicar ¿porqué el inquilino tiene que retener mas de lo que él paga por IVA?.
Gracias.