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Responsabilidad subsidiaria

1 Comentarios
 
Responsabilidad subsidiaria
perfil tlm
23/10/2009 19:16
Soy Presidente de una comunidad de propietarios de 30 vecinos, hemos contratado una empresa de mantenimiento para la misma; se ha suscrito un contrato por un año. Al parecer la empresa en cuestión no tiene el personal legalmamente dado de alta , ni la documentacumentación reglamentaria para jerecer la actividad. ¿Qué responsabilidad tiene la comunidad de propietarios? ¿Qué responsablidad puede tener el Presidente?
perfil Vio
26/10/2009 20:33
Efectivamente la Comunidad resultaría responsable en caso de siniestro. Para salvar esta cuestión dirija una carta a la empresa requiriendo las altas de su personal en SSociales, y un plazo prudencial por ej. 30 dias para su exhibición a la Comunidad como anexo del contrato, y en caso de no hacerlo, terminación del contrato y busquen otra empresa con SSociales en alta.
Este es el punto que castiga la Inspección de Trabajo. S.m.c.