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Responsabilidad del empresario por no ser titular del negocio.

9 Comentarios
 
Responsabilidad del empresario por no ser titular del negocio.
05/06/2007 23:24
Una señora es la titular de un negocio con 5 trabajadores, su sobrino tenia realizado un contrato de arrendamiento, como arrendador en el local donde su tia es titular, se extingue el arrendamiento por duracion del mismo. Mi pregunta es: pueden los trabajadores exigirle responsabilidad a la mujer si ésta, no esta como titular del local, en el caso de que los trabajadores lo supieran? pienso que a los trabajadores le da igual que se extinga el contrato por la causa que sea, pero la mujer debe hacer frente a los trabajadores. Como lo veis? Gracias.
06/06/2007 09:09
Si es titular del negocio es responsable del mismo, creo yo, si no, para que es titular.
pero yo no soy abogado.
a ver si alguno te puede ayudar.
06/06/2007 09:32
pueden los trabajadores exigirle responsabilidad a la mujer si ésta, no esta como titular del local, en el caso de que los trabajadores lo supieran?

SI supieran que? es que te explicas un poco raro.

La empresaria el la mujer que es la titular del negocio, no tiene nada que ver quien sea el arrendador, que lpuede ser su sobrino, o mi tia la del pueblo., pero la titular del negocio es la señora que es la empresria.

Si cierra, por fin del arrendamiento deberá hacerse responsable de los despidos, ya sean objetivos o improcedentes
06/06/2007 21:16
Gracias dune.
crisF, quizas me explique mal, pero tampoco te entiendo, con todos mis respetos
" La empresaria el la mujer que es la titular del negocio............Si cierra, por fin del arrendamiento ."
pero bueno el asunto esta en que la mujer es la titular del negocio, y el arrendatario es el sobrino, y te pregunto CrisF, tu crees que puedes desarrollar un negocio en un local del cual tu no eres titular del contrato de arrendamiento? seria un subarriendo, no? por tanto un trabajador que le despiden por una extincion unilateral del arrendamiento, puede decir : a mi me importa poco que que lo que tu tienes con tu sobrino, pues mi relacion laboral es contigo , y tu tenias que haber previsto esto, por ello entiendo que le pueden pedir responsabilidad, no crees? Salvo mejor criterio
06/06/2007 23:42
Cantueso, lo que intenta decirte crisF es que lo de menos (a efectos de los trabajadores) es quien figure como arrendatario. Si como dices al principio, el contrato de arrendamiento se extingue por finalización del mismo, aunque la tía hubiera sido la arrendataria el problema sería el mismo, el cierre.

Aquí lo que cuenta es que si los despidos resultan objetivos la indemnización será de 20 días/año, y si son improcedentes 45 días/año. Y a esto no le afecta quién es el arrendatario del local, vamos que si cuando hablas de que "le pueden pedir responsabilidad" te refieres a obtener más indemnización por ese motivo, no tiene ningún fundamento.

06/06/2007 23:48
CrisF tiene toda la razón según mi opinión, pero Cantueso trata de decir lo mismo aunque creo que no la entiende.(A CrisF).
Otra cosa distinta sería si el arrendador siguiese con la misma actividad que tuviese el arrendado.
El empleador que termina su contrato de arrendamiento debería liquidar a sus empleados, aunque le arrendador se vería obligado a respetar los contratos en vigor, sean temporales o indefinidos. Mi opinión.-

SALUDOS.-
07/06/2007 14:18
Ok. gracias a todos, por tanto el titular del negocio tendra que comunicar un despido objetivo, por causas que no le son imputables? pues expira el plazo de arrendamiento. Hay que comunicarselo por escrito? pero no tendran derecho a indemnizacion ni nada, no?
Gracias
07/06/2007 23:44
Cantueso14, más claro que te lo ha dicho mark9 es dificil.
Finiquito e indemnización de 20 días por año de servicio, en el caso de que no hubiese suceción de empresa.

SALUDOS.-
07/06/2007 23:56
Vale, pero `porque? si cierra la empresa por causas ajenas a su voluntad. La señora no sabia que le extinguian el contrato, pero pronto llegaria. ENTONCES TIENE QUE PAGAR A SUS TRABAJADORES. vaya historia..!!!
08/06/2007 00:09
Claro que sabía que se extinguía el contrato, y si no que huviese leído la fecha de finalización, igual que pagaba las mensualidades. Que huviese negociado su renovación, y si no es posible porque el dueño del local no quiere, ha indemnizar que es lo que dice la ley. Hasta que no cambie.-

SALUDOS.-