Bien no entiendo muy bien esto porque hay una persona que no paga su manutención a su hija porque dice que no tiene dinero y que se ha echo insolvente (es mentira), pero en fin si esa persona no paga un multa por ejemplo, no se le puede aplicar la responsabilidad penal subsidiaria, en dias-carcel?.
Pues no. En nuestro pais no existe la "responsabilidad penal subsidiaria" ni la "prision por deudas" de la edad media.
El impago de la manutencion puede denunciarse por lo penal, y si se ha hecho insolvente a proposito si hay una posibilidad de que termine en prision.
Me he confundido es la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, cuando se aplica?
A propósito de lo de la insovencia...hay posibilidad de que se pueda saber si es o no, mediante alguna base de datos de caracter público?
La responsabilidad subsidiaria por impago de multa sí es posible, siempre que la multa lo haya sido como consecuencia de una infracción penal, no una "multa" administrativa. Por lo demás, si está en el contexto de un procedimiento judicial, puede solicitar al juzgado una averiguación de bienes de la persona en cuestión, pero tratándose de un impago de pensiones, lo normal es que el juzgado ya lo haya hecho....así que me imagino que no es un procedimiento judicial de lo que estamos hablando.. Un saludo.
Conozco de un caso que dice que por no pagar una multa de tráfico entro en prisión, es eso posible? y del caso que estamos tratando por otro lado, es de un personaje que dice que no pasa manutención xq no le sale de... y que como esta insolvente se la suda, aparte para ginda se ha comprado un coche y dice que se lo ha regalado su padre, pero eso no es posible, además dice que le han puesto una nómina de dos horas para no pasar manuetención (es eso posible?que tenga nómina y sea insolvente?)